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NIG: 2905442C20110002004.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 553/2011. Negociado: 1.
De: Don Antonio Luis Serrano Morales.
Procurador: Sr. Martín Guijarro Hernández.
Contra: Doña Carmen María Salvatierra Soler y Pelayo Seguros.
Procurador: Sr. Carlos Javier Blanco Rodríguez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 553/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de don Antonio Luis Serrano Morales contra doña Carmen María Salvatierra Soler y Pelayo Seguros sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
ANTECEDENTES DE HECHO
I. El 1.° de marzo de 2011 fue turnado a este Juzgado escrito por el que la actora formulaba demanda contra el antedicho demandado en reclamación de sentencia acorde con el suplico de aquél solicitando asimismo la expresa condena en costas de la demandada, todo ello en atención a los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables.
II. Admitida a trámite la demanda, el demandado fue emplazado a contestarla, cosa que hizo mediante escrito unido a los autos en el que, tras oponerse a las pretensiones deducidas de contrario por los fundamentos que constan en aquél, terminaba solicitando la absolución así como la expresa imposición de costas a la actora.
III. La audiencia previa ha tenido lugar en la sala de vistas de este Juzgado en el día hoy y en ella, comprobada la falta de disposición de las partes para alcanzar un acuerdo que pusiera fin al procedimiento, únicamente propusieron como prueba la documental obrante en autos, lo que motivó, conforme al art. 429.8 LEC, que los autos quedaran vistos para sentencia.
FALLO
Que desestimando como desestimo la demanda deducida por el Procurador de los Tribunales Sr. Guijarro Hernández, en nombre y representación de don Antonio Luis Serrano Morales, absuelvo a doña Carmen M.ª Salvatierra Soler y a Pelayo Seguros, S.A., de todas las pretensiones deducidas en su contra, con imposición de costas a la parte actora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Fdo.: Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Fuengirola (Málaga).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Carmen María Salvatierra Soler, calle Ayala, núm. 23, esc. derecha, 1.º B, Málaga, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a treinta y uno de julio de dos mil trece.- El/La Secretario.
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