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NIG: 2906742C20130018984.
Procedimiento: Constitución del acogimiento 653/2013. Negociado: ER.
Sobre: Propuesta acogimiento familiar simple menor: Y.M.A. (expte. protección menor núm. 352-2012-0000167-1).
De: Servicio de Protección de Menores.
Letrado: Letrado del Gabinete Jurídico Junta de Andalucía.
Contra: Antonio Márquez Hormigo y Souad Ammadi.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es como sigue:
Aprobar la propuesta de acogimiento familiar simple formulada por la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social en Málaga de la Junta de Andalucía, respecto de la menor Y.M.A. (expte. protección menor núm. 352-2012-00003425-1), a favor de las personas que figuran como acogedores en la información aportada, quienes deberán asumir las obligaciones legales de tal status con carácter de Acogimiento Familiar Simple.
Notifíquese esta resolución a las partes y a los progenitores, o tutor, si fueren habidos. Cúmplase, en todo caso, lo dispuesto en el art. 1.826 de la L.E. Civil, y no habiendo sido posible su localización, líbrese edicto que se publicará en el BOJA a los efectos de notificación a los padres biológicos.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación, para ante la Audiencia Provincial de Málaga.
Así lo mandó y firma el Ilmo. Sr. José Luis Utrera Gutiérrez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Antonio Márquez Hormigo y Souad Ammadi, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Málaga, a dos de septiembre de dos mil trece.- El Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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