Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 22 de enero de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2013 las ayudas previstas en las Órdenes que se citan, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se modifican los Anexos 1 y 8 correspondientes a la Orden de 18 de noviembre de 2009.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00020127.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 25 de junio de 2009, modificada por la Orden de 6 de julio de 2011, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, para el desarrollo de actuaciones de Centros de Referencia, que fomenten la información y divulgación de conocimientos en los distintos sectores productivos ganaderos en Andalucía.

Mediante Orden de 26 de junio de 2009, se regula, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la celebración de certámenes agroganaderos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

Asimismo, por Orden de 18 de noviembre de 2009, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «Producción Integrada de Andalucía», en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013.

Estas ayudas cumplen las condiciones señaladas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Las citadas Órdenes establecen que anualmente, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se realizará la convocatoria pública para acceder a las citadas subvenciones.

Igualmente, según lo dispuesto en la Disposición final primera de la Orden de 18 de noviembre de 2009, corresponde a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera la facultad para modificar, mediante Resolución, el contenido de sus Anexos.

Por ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para 2013, y con objeto de modificar los Anexos 1 y 8 de la citada Orden de 18 de noviembre de 2009, y en ejercicio de las competencias atribuidas,

R E S U E L V O

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en las siguientes disposiciones:

- Orden de 25 de junio de 2009, modificada por la Orden de 6 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, para el desarrollo de actuaciones de Centros de Referencia, que fomenten la información y divulgación de conocimientos en los distintos sectores productivos ganaderos en Andalucía.

- Orden de 26 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la celebración de certámenes agroganaderos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013.

- Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «Producción Integrada de Andalucía», en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013.

Segundo. Solicitudes y utilización de medios telemáticos.

1. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se presentarán conforme al modelo previsto como Anexo I o Anexo III, en función de la línea de ayudas, que se publican conjuntamente con la presente Resolución.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos conforme se establece en las respectivas Órdenes. Además, el estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las personas interesadas, previa identificación, a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en la dirección http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente, en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Plazo máximo para resolver.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.3 de la citada Orden de 25 de junio de 2009, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 19.4 de la Orden de 26 de junio de 2009, y el artículo 12.2  de la Orden de 18 de noviembre de 2009, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

3. La solicitud podrá entenderse desestimada si, transcurrido el plazo previsto para su resolución, no hubiera recaído resolución expresa de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Quinto. Financiación.

Las presentes ayudas se cofinanciarán con cargo al Fondo Europeo Agrícola y de Desarrollo Rural (FEADER) y con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las aplicaciones presupuestarias a las que se imputarán las ayudas correspondientes a la anualidad futura 2014 así como la cuantía total máxima destinada a cada línea de ayuda será la siguiente:

a) Para las ayudas previstas en la Orden de 25 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para el desarrollo de actuaciones de Centros de Referencia:

- Aplicación presupuestaria 3.1.15.00.11.00.78202.71F._.2014.

- Cuantía total máxima de 350.000 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias.

b) Para las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2009, por la que se regula la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la celebración de certámenes agroganaderos en Andalucía:

- Aplicaciones presupuestarias 3.1.15.00.11.00.76202.71F._.2014 y 3.1.15.00.11.00.78202.71F._.2014.

- Cuantía total máxima de 350.000 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias.

c) Para las ayudas previstas en la Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «Producción Integrada de Andalucía”:

- Aplicaciones presupuestarias 3.1.15.00.11.00.77201.71F._.2014 y 3.1.15.00.11.00.78201.71F._.2014.

- Cuantía total máxima de 870.000 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias.

Sexto. Modificación de los Anexos 1 y 8 de la Orden de 18 de noviembre de 2009.

Se modifican los Anexos 1 y 8 de la Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas a través de las Agrupaciones de Producción Integrada de Agricultura (APIs), que participen en el programa de calidad «Producción Integrada de Andalucía», en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013, que quedan sustituidos por los que se publican en el Anexo a la presente Resolución.

Séptimo. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de enero de 2013.- El Director General, Rafael Olvera Porcel.

ANEXO

ANEXO 1. GRUPOS DE CULTIVOS SUBVENCIONADOS Y PERÍODO MÁXIMO AUXILIABLE

PERÍODO CULTIVO PERÍODO MÁXIMO AUXILIABLE
1
Alfalfa
Almendro
Cítricos
Frutales de Hueso: Melocotonero y Ciruelo
Frutales de Pepita: Manzano y Peral
Olivar
Vid (Uva para vinificación)
Enero – Diciembre
2
Tomate para transformación industrial
Zanahoria de manojos (*)

Marzo – Septiembre
Abril – Junio + Septiembre – Noviembre
3 Arroz Abril – Noviembre
4 Hortícolas protegidos Junio – Diciembre y Enero – Mayo
5 Fresa Septiembre – Diciembre y Enero – Junio
6
Ajo
Espárrago verde
Patata (**)
Remolacha azucarera de siembra otoñal
Trigo duro
Zanahoria deshojada y Chirivía

Octubre – Diciembre y Enero – Junio
Noviembre – Diciembre y Enero - Junio
Octubre – Diciembre y Enero – Septiembre
Octubre – Diciembre y Enero – Septiembre
Octubre – Diciembre y Enero – Junio
Octubre – Marzo o Enero – Junio

(*) 3 o 6 meses, en función de que se realicen una o dos campañas en el año natural.
(**) Según estación (máximo 8 meses).

ANEXO 8. LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN

EN EL REGISTRO DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE ANDALUCÍA (PRIN) (1)

PERÍODO CULTIVO PLAZO DE PRESENTACIÓN
1
Alfalfa
Almendro
Arroz
Cítricos
Frutales de Hueso: Melocotonero y Ciruelo
Frutales de Pepita: Manzano y Peral
Olivar
Tomate para transformación industrial
Vid (Uva para vinificación)
31 Mayo
2 Zanahoria de manojos 30 Abril o 30 Septiembre (*)
3 Hortícolas protegidos 31 Diciembre o 31 Mayo (**)
4 Fresa 30 Noviembre
5
Ajo
Espárrago verde
Patata
Remolacha azucarera de siembra otoñal
Trigo duro
31 Diciembre
Zanahoria deshojada y Chirivía 31 Octubre o 31 Enero
(1)
La superficie a efectos de la ayuda será la inicialmente declarada y posteriormente comprobada en PRIN.
* Según se presente en la primera o segunda campaña.
** Según se presente en el ciclo de primavera o de otoño.
Descargar PDF