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Mediante Orden de 7 de junio de 2013, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo acordó iniciar procedimiento de revisión de oficio, conforme establece el artículo 102 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto de la Resolución de 9 de mayo de 2006, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, así como de los Convenios de Colaboración de 28 de enero, 27 de marzo y 16 de septiembre de 2008, suscritos entre la referida Dirección General y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por los que se formaliza el otorgamiento de una ayuda a Gres de Vilches, S.L., así como de cuantos actos se hubiesen realizado para la concesión de la misma.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.10.b) de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, con fecha 4 de septiembre de 2013, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha solicitado el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo de Andalucía respecto del procedimiento de revisión de oficio iniciado a Gres de Vilches, S.L.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el transcurso del plazo máximo legal para resolver los referidos procedimientos queda suspendido por el tiempo que medie entre la petición del citado dictamen y la recepción del mismo.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se publica el presente anuncio, a los efectos de notificar a Gres de Vilches, S.L., la suspensión del plazo máximo legal previsto para la resolución del procedimiento de revisión de oficio, en tanto se proceda a la recepción del dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.
Sevilla, 18 de septiembre de 2013.- El Director General, Francisco Javier Castro Baco.
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