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NIG: 28.079.00.4-2012/0030580.
Autos núm.: Despidos/Ceses en general 1498/2012.
Materia: Despido.
Ejecución núm.: 168/2013.
Ejecutante: Don Juan Vicente Gómez Ruiz.
Ejecutado: Esabe Auxiliares, S.A., y otros 5.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Paloma Muñiz Carrión, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Diecisiete de Madrid,
HAGO SABER
Que en el procedimiento 168/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Juan Vicente Gómez Ruiz, frente a Esabe Auxiliares, S.A., Esabe Direct, S.A., Esabe Transportes Blindados, S.A., Esabe Vigilancia, S.A., Holland Security Investment, S.L., y Terral Wind, S.L., sobre Ejecución Forzosa se ha dictado la siguiente Resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 9.332,26 euros de principal; 653,25 euros de intereses y 933,22 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de los ejecutados Holland Security Investment, S.L., Terral Wind, S.L., Esabe Direct, S.A., Esabe Vigilancia, S.A., Esabe Auxiliares, S.A., y Esabe Transportes Blindados, S.A., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Asimismo, la parte ejecutante deberá solicitar por escrito testimonios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente Decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2515-0000-64-0168-13.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Secretario Judicial, doña Paloma Muñiz Carrión.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Holland Security Investment, S.L., Terral Wind, S.L., Esabe Direct, S.A., Esabe Vigilancia, S.A., Esabe Auxiliares, S.A., y Esabe Transportes Blindados, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en Boletín Oficial de Sevilla.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciséis de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario Judicial.
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