Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00034433.
Advertido error en el texto de los Estatutos del Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía aprobados por la Orden de 4 de julio de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 144, de 24 de julio de 2013, se efectúa la siguiente rectificación:
- En la página número 79, en el segundo párrafo del apartado primero del artículo 48, donde dice: «La moción de censura deberá de avalarse por el diez por ciento de los colegiados, con firmas legitimadas, o de las demarcaciones territoriales, expresando con claridad las razones en que se funda y acompañando una candidatura cerrada, de acuerdo con lo previsto con el artículo 51 de los presentes Estatutos», debe decir: «La moción de censura deberá de avalarse por el diez por ciento de los colegiados, con firmas legitimadas, expresando con claridad las razones en que se funda y acompañando una candidatura cerrada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de los presentes Estatutos».
Descargar PDF