Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 05/10/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Orden de 3 de octubre de 2013, por la que se modifica la de 31 de julio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concienciación social, impulso del voluntariado y apoyo a las entidades y organizaciones sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013.

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La Orden de 31 de julio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concienciación social, impulso del voluntariado y apoyo a las entidades y organizaciones sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013, establece en el punto 4.a) del cuadro resumen que acompañan a las bases reguladoras, como uno de los requisitos de las entidades solicitantes la adhesión a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.

Dichas ayudas se enmarcan en las medidas previstas en el Título III del Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, dedicado expresamente a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía y Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria para el año 2013, que responden a la finalidad de paliar las situaciones de emergencia que padecen los colectivos más castigados como son aquellas unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, por tanto (medidas extraordinarias, urgentes y de ágil tramitación) de necesaria ejecución en el presente ejercicio.

Teniendo en cuenta que se aproxima el cierre del ejercicio presupuestario sin que se haya aprobado el procedimiento de adhesión a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, el requisito antes citado resulta de imposible cumplimiento por causas ajenas a los posibles solicitantes, siendo necesario proceder a la modificación de la Orden de 31 de julio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concienciación social, impulso del voluntariado y apoyo a las entidades y organizaciones sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013. Dicha modificación se resume en la introducción de una excepción con carácter temporal para el presente ejercicio, de tal manera que únicamente para esta convocatoria dicho requisito de adhesión a la Red se establezca como una condición específica de obligado cumplimiento para todas aquellas organizaciones y entidades sociales que resulten beneficiarias de las subvenciones.

Así mismo con el fin de respetar la concurrencia competitiva y facilitar la máxima participación se modifica el plazo de presentación de solicitudes.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en la disposición final cuarta del Decreto-ley 7/2013 y en los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre Reestructuración de Consejerías, y desarrolladas con el Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales y demás normas de general y especial aplicación,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 31 de julio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concienciación social, impulso del voluntariado y apoyo a las entidades y organizaciones sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013.

La disposición adicional segunda de la Orden de 31 de julio de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concienciación social, impulso del voluntariado y apoyo a las entidades y organizaciones sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013, queda modificada como sigue:

«Disposición adicional segunda. Convocatoria para el año 2013.

1. Se convoca para el año 2013 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones de voluntariado y entidades sociales adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.

2. El plazo de presentación de solicitudes para el año 2013 será desde el día 2 de septiembre hasta el día 15 de octubre de 2013 ambos incluidos.

3. El crédito máximo disponible para esta convocatoria es de 730.000 euros. Dicha cuantía se distribuirá en:

Línea 1 por importe de 230.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria: 01.09.00.0100.48405.31 H.

Línea 2 por importe de 500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria: 01.09.00.0100.48405.31 H.

4. Con carácter excepcional y sólo para el ejercicio 2013 se exceptúa, para poder participar en el procedimiento de concesión de las ayudas a las entidades solicitantes, del requisito de estar adheridas a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, previsto en el apartado 4.a) del cuadro resumen, estableciendo dicha adhesión como condición específica de obligado cumplimiento para las entidades beneficiarias de la convocatoria de referencia.

El cumplimiento de esta obligación se garantizará con la aportación de la documentación acreditativa de la adhesión a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía por parte de las entidades beneficiarias, en el plazo establecido para la justificación de la subvención».

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de octubre de 2013

DIEGO VALDERAS SOSA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales
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