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El Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, del Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo, regula en el artículo 73 la composición del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva y la designación de sus nueve miembros, los cuales serán nombrados por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte; tres a propuesta de las Federaciones Deportivas Andaluzas, uno a propuesta del Consejo Andaluz del Deporte, uno de directa designación del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, uno a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades, uno a propuesta del Consejo Andaluz de Colegio de Abogados, uno a propuesta de la Fundación Andalucía Olímpica y uno a propuesta de las Reales Academias de Jurisprudencia y Legislación de Andalucía.
La disposición transitoria primera de dicho Decreto, referida a la renovación de los miembros del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, prevé determinados trámites para su adecuación a la composición regulada en el artículo 73 referido, entre ellos la renovación establecida en su apartado cinco, por la que deben cesar los miembros designados a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades y del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, cuyos sustitutos serán nombrados a propuesta de las entidades mencionadas, así como el miembro de directa designación del Consejero de Educación, Cultura y Deporte que se renovará por el mismo sistema.
Por ello, finalizado el mandato de los miembros del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva que fueron propuestos por las entidades señaladas, es necesario proceder al nombramiento de dos miembros a propuesta de dichas entidades y al nombramiento del miembro que por designación directa corresponde al Consejero de Educación, Cultura y Deporte.
El Reglamento de Régimen Interior de Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, publicado por Orden de 6 de marzo de 2000, dispone en su artículo 5, que los miembros pueden ser designados de nuevo de no constar, en su caso, oposición por parte de los organismos proponentes. A este respecto, el Consejo Andaluz de Universidades y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados renuevan su propuesta, con la confirmación para un segundo mandado, de las mismas personas que propusieron para el mandato vigente, es decir, don José María Suárez López y don Ignacio Vergara Ivison, respectivamente.
Por otra parte, en uso de la facultad del Consejero de Educación, Cultura y Deporte para designar a uno de los miembros, se viene a nombrar a don Ignacio Francisco Benítez Ortúzar, en sustitución de don Eduardo Gamero Casado.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el artículo 73.2, en relación con la disposición transitoria primera, del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre,
DISPONGO
Primero. Nombrar miembros del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva a las siguientes personas:
Don José María Suárez López, a propuesta del Consejo Andaluz de Universidades.
Don Ignacio Vergara Ivison, a propuesta del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
Don Ignacio Francisco Benítez Ortúzar, por designación directa del Consejero de Educación, Cultura y Deporte.
Segundo. Los nombramientos realizados en la disposición anterior se realizan por el período de seis años, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 73.3 del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre.
Tercero. Los nombramientos surtirán efecto desde el presente día, a los efectos de la inmediata incorporación de don José María Suárez López, don Ignacio Vergara Ivison y don Ignacio Francisco Benítez Ortúzar, sin perjuicio de su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de septiembre de 2013
LUCIANO ALONSO ALONSO | |
Consejero de Educación, Cultura y Deporte |
BOJA nº 200 de 10/10/2013