Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 30/10/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 2 de octubre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 1700/2011. (PP. 2711/2013).

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NIG: 2906742C20110036668.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1700/2011. Negociado: 7.

Sobre: Cuotas de Comunidad.

De: CP Edificio Paseo de los Tilos, núm. 59.

Procurador/a: Sr/a. Buenaventura Osuna Jiménez.

Letrado: Sr. Manuel Fernández Baena.

Contra: José Antonio Rodríguez Llavero, Francisca Rodríguez Llavero y Susana Rodríguez Llavero.

Procuradora: Sra. Marta García Solera.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de 1.ª Instancia núm. Catorce de Málaga.

Procedimiento Verbal núm. 1700/2011.

SENTENCIA nÚM. 220/13

En Málaga a veintiséis de julio de dos mil trece.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Verbal que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de la Comunidad de Propietarios de Edificio Paseo de los Tilos, núm. 59, representada por el Procurador de los Tribunales señor Osuna Jiménez, y asistido del Letrado señor Fernández Baena, contra don José A. y doña Francisca Rodríguez Llavero, representados por la Procuradora de los Tribunales señora García Solera y asistida por la Letrada señora Leiva Florido, que se allanaron a la demanda, y contra doña Susana Rodríguez Llavero, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando en su integridad la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Osuna Jiménez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de Paseo de los Tilos, núm. 59, sobre reclamación de 3.695,58 euros, contra don José A. y doña Francisca Rodríguez Llavero, que se allanaron a la demanda, y contra doña Susana Rodríguez Llavero, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la suma reclamada, intereses legales según se determinan en el fundamento jurídico tercero de esta resolución, y costas.

Notifíquese la presente resolución con instrucción de posible recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. Señora Magistrada Juez que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Susana Rodríguez Llavero, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a dos de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario.

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