Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 14/11/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de octubre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete (Familia) de Huelva, dimanante de divorcio contencioso núm. 291/2013.

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NIG: 2104142C20130001520.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 291/2013. Negociado: A.

De: Victoria Valverde Lucena.

Procurador: Sr. Carlos Rey Cazenave.

Letrado: Sra. Carrasco Romero, Juana Luisa.

Contra: Mohamed Dachich.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 291/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete (Familia) de Huelva a instancia de Victoria Valverde Lucena contra Mohamed Dachich sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

Vistos por mí, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete, los presente autos con el ordinal supramentado, sobre solicitud de divorcio, siendo parte demandante doña Victoria Valverde Lucena, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Rey Cazenave y asistida por la Letrada Sra. Carrasco Romero y en calidad de parte demandada su esposo don Mohamed Dachich, en situación de rebeldía, atendiendo a los siguientes

.../...

FALLO

Que estimando la demanda de Divorcio presentada por doña Victoria Valverde Lucena debo declarar y declaro la disolución del matrimonio concertado por doña Victoria Valverde Lucena y don Mohamed Dachich, con las consecuencias legales inherentes. Sin imposición de costas a las partes.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva en plazo de veinte días contados desde el día siguiente de su notificación.

Inclúyase la misma en el libro de sentencias, dejando testimonio bastante en los autos de su razón.

Firme que sea la presente resolución, expídase testimonio al Registro Civil en el que conste la inscripción de matrimonio a los efectos de practicar el asiento registral correspondiente.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, Andrés Bodega de Val, Juez de Primera Instancia núm. Siete de Huelva

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohamed Dachich, extiendo y firmo la presente en Huelva, a veinticinco de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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