Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 15/11/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Corrección de errores del Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (BOJA núm. 193, de 2.10.2013).

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Advertidos errores en el texto del Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 193, de 2 de octubre de 2013, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 28, artículo 7.5.b), donde dice:

«b) La coordinación en materia presupuestaria con las Entidades adscritas la Consejería.»

Debe decir:

«b) La coordinación en materia presupuestaria con las Entidades adscritas a la Consejería.»

En la página 28, artículo 7.5.c), donde dice:

«c) La gestión económico-administrativa dentro del ámbito de sus competencias, así como la coordinación de la gestión ordinaria de la Consejería La pagaduría y habilitación en servicios centrales y el control, coordinación y dirección de las habilitaciones periféricas.»

Debe decir:

«c) La gestión económico-administrativa dentro del ámbito de sus competencias, así como la coordinación de la gestión ordinaria de la Consejería. La pagaduría y habilitación en servicios centrales y el control, coordinación y dirección de las habilitaciones periféricas.»

En la página 30, artículo 11.c), donde dice:

«La definición de las actuaciones de prevención y lucha contra enfermedades de especies ganaderas y zoonosis y de los medios de defensa zoosanitaria, así como las coordinación y planificación de la inspección y evaluación sanitaria de las cabañas andaluzas y del cumplimiento de las disposiciones sobre epizootias, medicamentos veterinarios, productos zoosanitarios y sanidad animal en general.»

Debe decir:

«La definición de las actuaciones de prevención y lucha contra enfermedades de especies ganaderas y zoonosis y de los medios de defensa zoosanitaria, así como la coordinación y planificación de la inspección y evaluación sanitaria de las cabañas andaluzas y del cumplimiento de las disposiciones sobre epizootias, medicamentos veterinarios, productos zoosanitarios y sanidad animal en general.»

En la página 32, disposición transitoria segunda, donde dice:

«Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas por otra nueva que se adapte a lo dispuesto en este Decreto, la Orden de 25 de noviembre de 2009, por la que se delegan determinadas competencias en órganos de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 27 de febrero de 2012, por la que se delegan determinadas competencias en órganos de la Consejería de Agricultura y Pesca y la Orden de 27 de diciembre de 2010, por la que se delegan competencias en materia de dinamización del patrimonio agrario y reforma agraria, previstas en el Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público.»

Debe decir:

«Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas por otra nueva que se adapte a lo dispuesto en este Decreto, la Orden de 25 de noviembre de 2009, por la que se delegan determinadas competencias en órganos de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la Orden de 27 de febrero de 2012, la Orden de 27 de diciembre de 2010, por la que se delegan competencias en materia de dinamización del patrimonio agrario y reforma agraria, previstas en el Decreto-Ley 6/2010, de 23 de noviembre, de medidas complementarias del Decreto-Ley 5/2010, de 27 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de reordenación del sector público, y la Orden de 23 de febrero de 2011, por la que se delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales la competencia para el otorgamiento de las escrituras públicas en materia de dinamización del patrimonio agrario y reforma agraria.»

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