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NIG: 2905442C20110007988.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 3/2012. Negociado: 6.
De: C.P. Playa La Lucera.
Procuradora: Sra. Angela Cruz García-Valdecasas.
Contra: Mehdi Shams y Bankinter.
Procurador: Sr. Javier de Luna González-Miranda.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Juicio verbal núm. 3/2012.
SENTENCIA
Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio verbal registrados con el número 3/2012 en los que han sido parte demandante la comunidad de propietarios Playa La Lucera, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cruz García-Valdecasas y asistida del Letrado Sr. Cruz García-Valdecasas, y parte demandada Bankinter, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. de Luna González-Miranda, y el Sr. Mehdi Shams (NIE X5122971C), que no compareció.
En Fuengirola, a 18 de febrero de 2013.
FALLO
Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cruz García-Valdecasas en nombre y representación de la comunidad de propietarios Playa La Lucera, contra BBVA, S.A., y el Sr. Mehdi Shams.
I. Condeno al Sr. Mehdi Shams (NIE X5122971C) a abonar a la actora la suma de 5.977,80 euros incrementada en la que resulte de aplicarle el interés legal del dinero desde el 21 de diciembre de 2011.
II. Declaro la preferencia del crédito indicado en el pronunciamiento anterior hasta la cantidad de 3.852 euros sobre el crédito con garantía hipotecaria que ostenta BBVA, S.A., sobre la finca núm. 23.205/A del Registro de la Propiedad núm. 2 de Mijas con afección de dicho inmueble al pago de la expresada suma.
III. Ordenar las modificaciones registrales que procedan para llevar a efecto cuanto se acuerda en esta sentencia.
IV. Imponer a cada parte, respecto de la pretensión, ejercitada contra BBVA, S.A., las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. Respecto de las deducidas contra el Sr. Mehdi Shams, éste abonará las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Fdo.:
Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Fuengirola (Málaga).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado, constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Mehdi Shams, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Fuengirola, cuatro de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario.
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