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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 149/2013. Negociado: 6.
NIG: 4109144S20110006215.
De: Don Juan Manuel Collantes de Terán Rodríguez.
Contra: Técnica Gestión y Medios SLU.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 149/2013 a instancia de la parte actora don Juan Manuel Collantes de Terán Rodríguez contra Técnica Gestión y Medios SLU, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 21.7.11, del tenor literal siguiente:
AUTO NÚM. 40/13
En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil trece.
Dada cuenta y;
HECHOS
Primero. Por este Juzgado se dictó sentencia el 29.11.11 que calificó de improcedente el despido de la parte actora.
Segundo. Notificada que fue a las partes, la parte actora solicitó por escrito de fecha 11.1.2012 la celebración de comparecencia y la extinción de la relación laboral.
Tercero. Se adoptó celebrar la misma el 14.11.2013, que tuvo lugar con la asistencia de la parte actora y se requirió a la parte actora para que aportase las bases de cotización de los otros empleos, que remitió el 21.11.
Cuarto. Ha quedado acreditado la imposibilidad de readmisión del trabajador por cese y cierre de la empresa.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Conforme al artículo 117.3 de la Constitución y artículos 280, 286 y concordantes de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Social, y R.D.L. 3/12 y Ley 3/12, de Reforma Laboral, procediendo una indemnización de 45 días por año hasta el 11.2.2012 y de 33 días a partir del 12.2.2012, devengándose salarios de tramitación.
Segundo. Visto hecho segundo, el actor abonó para otra empresa en septiembre de dos mil doce (con bases de cotización de 856,67 euros) y en octubre de 12 (con bases de cotización de 409,78 euros).
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª Ilma. Sra. Magistrada dice:
Se declara extinguida en esta fecha la relación laboral existente entre Juan Manuel Collantes de Terán Rodríguez y la empresa Técnica Gestión y Medios SLU.
Se fija la indemnización de 45 días: 34.456,18 euros que habrá de abonar la empresa al trabajador e igualmente de 33 días: 6.065,79 euros.
El importe de los salarios dejados de percibir desde el 16.3.2011 hasta el 22.11.2013 a razón de salario diario de 103,32 euros, lo que asciende a 101.563,56 euros (ST bruto) y descontando lo percibido por otros empleos (1.266,45 euros) originan unos ST netos de 100.297,11 euros.
Dichas cantidades devengarán desde hoy hasta su total pago los intereses del artículo 576 lec.
Notifíquese esta resolución a las partes y se le advierte que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado de lo Social.
Así lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña M.ª de las Nieves Rico Márquez, Magistrada Titular del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla y su provincia.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario/a.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Técnica Gestión y Medios SLU, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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