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Mediante distintas Órdenes de 3 de octubre de 2013, la persona titular de la Secretaría General de Empleo de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo acordó iniciar procedimientos de revisión de oficio de actos nulos respecto de determinadas actuaciones y ayudas concedidas por la extinta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.10.b) de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, con fecha 29 de noviembre de 2013, la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, ha solicitado el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo de Andalucía respecto de los procedimientos de revisión de oficio que se relacionan en el Anexo de esta disposición.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha acordado la suspensión del plazo máximo legal para resolver los referidos procedimientos por el tiempo que medie entre la petición del citado dictamen y la recepción del mismo.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se publica el presente anuncio, a los efectos de notificar a las entidades interesadas que a continuación se relacionan la suspensión del plazo máximo legal previsto para la resolución de los procedimientos de revisión de oficio, en tanto se proceda a la recepción del dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.
ANEXO
Expte: RVO 031/2013 Entidad: Construcciones y Urbanismo Sierra Norte, S.L. |
Expte: RVO 038/2013 Entidad: Martínez Barragán, S.A. |
Expte: RVO 041/2013 Entidad: Gestión Hostelera Comar, S.L. |
Expte: RVO 043/2013 Entidad: Faescom 92, S.L. |
Expte: RVO 044/2013 Entidad: Huelva Comunicación Multimedia, S.L. |
Expte: RVO 047/2013 Entidad: Tartessos Car, S.L. |
Expte: RVO 048/2013 Entidad: Viveros Arroyo (Josefa Arroyo López). |
Sevilla, 4 de diciembre de 2013.- El Director General, Manuel Gabriel Pérez Marín.
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