Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 20/12/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de noviembre de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 248/2005. (PD. 3360/2013).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 248/2005. Negociado: MM.

De: Don Alfonso Cuenca Montiel.

Procurador Sr.: Rafael F. Rosa Cañadas.

Letrado Sr.: Juan José Espejo Zurita.

Contra: Isabel Pérez Fernández, Herederos de don Miguel Pérez Cuenda, María del Carmen Pérez Cuenda, Josefa Pérez Cuenda, Antonio Pérez Fernández, Herederos de don Carlos Murillo Cuenda y Herederos de don Antonio Pérez Cuenda.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 248/2005 seguido a instancia de Alfonso Cuenca Montiel frente a Josefa Pérez Cuenda se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NúMERO 112/07

En la ciudad de Málaga, a siete de mayo de dos mil siete.

Habiendo visto en Juicio Oral y Público, M.ª Delia del Pino Artacho, Jueza Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 248/05, sobre Declaración de Dominio, seguidos a instancia de don Alfonso Cuenca Montiel, representado por la Procuradora Sra. López Pagés en sustitución y asistido del Letrado Sr. Espejo Zurita, contra don Antonio Pérez Fernández y doña Isabel Pérez Fernández, Herederos de don Miguel Pérez Cuenda y doña Antonia Fernández Jiménez, Herederos de doña M.ª del Carmen Pérez Cuenda, Herederos de don Antonio Pérez Cuenda, Herederos de doña Josefa Pérez Cuenda y Herederos de don Carlos Murillo Cuenda.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Rosa Cañadas, en nombre y representación de don Alfonso Cuenca Montiel, contra don Antonio Pérez Fernández y doña Isabel Pérez Fernández, Herederos de don Miguel Pérez Cuenda y doña Antonia Fernández Jiménez, Herederos de doña María del Carmen Pérez Cuenda, Herederos de don Antonio Pérez Cuenda, Herederos de doña Josefa Pérez Cuenda y Herederos de don Carlos Murillo Cuenda, declarando que el actor es dueño de las siguientes fincas:

1.ª Urbana: Solar o trozo de terreno procedente del Cortijo de las Beatas o Alto, en el partido de Miraflores de los Ángeles, término municipal de Málaga, que tiene su frente en línea de nueve metros, cincuenta centímetros, a una calle en proyecto, sin nombre, hoy calle de Morillas, núm. 3. Ocupa una extensión superficial de veintidós metros cuadrados; y sus linderos son: por la derecha, entrando, en línea de cinco metros, cincuenta centímetros, con propiedad de doña Mercedes Cuenda Castilla; por el fondo, en línea de ocho metros, con el resto de la finca de donde se segregó; y por la izquierda, con la mencionada calle en proyecto aún sin nombre, hoy Morillas, estando formado este lindero, por el vértice del de frente y fondo.

Finca registral núm. 4063/B, folio 218 del Tomo 1990, Libro 206, del Registro de la Propiedad núm. Seis de Málaga.

2.ª Urbana: Trozo de terreno o solar edificable situado en el partido de Miraflores de los Ángeles, término municipal de esta ciudad de Málaga, procedente del Cortijo de las Beatas o Alto. Comprende una superficie de treinta y cinco metros, cincuenta decímetros cuadrados y tiene su frente o fachada principal en línea de cinco metros treinta centímetros a una calle sin nombre, hoy calle de Morillas, núm. 5, lindando por la derecha entrando, en línea de ocho metros cincuenta centímetros, con terrenos del vendedor Sr. Quesada; por la izquierda, en cinco metros cincuenta centímetros, con terrenos de los señores Olmedo, López Ternero e Hidalgo Vidal, y por el fondo en línea de cuatro metros cuarenta centímetros con la casa número veinte de la calle Díaz de Palacios.

Finca registral núm. 11898, al folio 214 del Tomo 2000, Libro 216 del Registro de la Propiedad núm. Seis de Málaga.

Condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, sin expresa imposición de costas en este procedimiento.

Una vez firme esta sentencia, líbrense los oportunos mandamientos al Registro de la Propiedad núm. Seis de Málaga para que se proceda a la rectificación de los asientos de inscripción de las fincas objeto del presente procedimiento, extendiéndose sendas inscripciones de dominio a favor del actor y precediéndose a la cancelación de los asientos contradictorios para hacer posible la inscripción solicitada y adecuar la realidad extrarregistral al Registro de la Propiedad.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que se hará por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días, desde su notificación, para lo cual permanecerán los autos a disposición de las partes.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Josefa Pérez Cuenda, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintiséis de noviembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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