Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 30/12/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, por la que se habilita un plazo de grabación de solicitudes de ayuda previstas en la Orden de 10 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, convocadas para el año 2014 por Resolución de 12 de noviembre de 2013.

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Mediante Orden de 10 de junio de 2011 se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la participación de agricultores y ganaderos en el sistema de calidad de producción ecológica, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

Por su parte, la Resolución de 12 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, por la que convocan para 2014 las ayudas previstas en la citada Orden de 10 de junio de 2011, fija el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2014 desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, esto es, desde el 19 de noviembre de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.

El artículo 10 de la mencionada Orden, en sus apartados 4 y 5, establece que las solicitudes se presentarán preferentemente a través de las entidades reconocidas, que actuarán durante toda la tramitación del procedimiento como representantes de los solicitantes, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En este caso, serán cumplimentadas en la aplicación informática suministrada por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y enviadas telemáticamente por la entidad reconocida.

Debido a problemas técnicos sobrevenidos en la citada aplicación, las entidades reconocidas no han podido proceder a la grabación de las solicitudes durante parte del período de presentación de las mismas. Dado el volumen de solicitudes por grabar hasta la fecha para esta línea de subvenciones, el período en el que se ha procedido a la grabación resulta insuficiente, por lo que se considera necesario habilitar un plazo durante el cual las entidades reconocidas puedan realizar dicha grabación.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas de conformidad con el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en relación con el Decreto de la Presidenta de la Junta de Andalucía 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

RESUELVO

Habilitar un plazo para que las entidades reconocidas en el artículo 9 de la Orden de 10 de junio de 2011, puedan proceder a la grabación de las solicitudes de las ayudas previstas en la citada Orden, en su convocatoria de 2014, el cual finalizará el 31 de enero de 2014, inclusive. En todo caso, el encargo por parte de los solicitantes para que la entidad actúe por su cuenta y nombre debe haberse producido dentro del plazo de presentación de solicitudes, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2013, inclusive.

Sevilla, 23 de diciembre de 2013.- La Directora General, Ana M.ª Romero Obrero.

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