Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 22/02/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de febrero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 234/2012.

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NIG: 4109142C20120010134.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 234/2012. Negociado: 4L.

De: Don Andrés Mármol Mezquita.

Procurador Sr.: Luis Carlos Zaragoza de Luna.

Letrada Sra.: Silvia Peña Moray.

Contra doña: Claudia Tiviza y Liendo Peñalver.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 234/2012, seguido a instancia de Andrés Mármol Mezquita frente a Claudia Tiviza y Liendo Peñalver se ha dictado sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 563/2012

En Sevilla, a diez de septiembre de dos mil doce.

Vistos por el Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Sevilla, don Antonio Bernardo Guisado Zúñiga, los presentes autos de Divorcio Contencioso (N) 234/12, instados por el Procurador de los Tribunales Sr. Zaragoza de Luna, en nombre y representación de don Andrés Mármol Mezquita, contra doña Claudia Tivizay Liendo Peñalver.

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio instado por el Procurador de los Tribunales Sr. Zaragoza de Luna, en nombre y representación de don Andrés Mármol Mezquita, contra doña Claudia Tivizay Liendo Peñalver, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído por ambos, con los efectos inherentes a tal declaración.

Asimismo, se atribuye a don Andrés el uso y disfrute de la vivienda sita en calle Santa Teresa núm. 17 de la localidad de Sevilla.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.

Comuníquese esta sentencia, firme que sea, al Registro Civil correspondiente para su anotación. Esta Sentencia no es firme y contra la misma solo cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Claudia Tiviza y Liendo Peñalver, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a once de febrero de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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