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Mediante Orden de 8 de abril de 2010, se ha convocado concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía. Contra dicha Orden de convocatoria se interpusieron recursos contencioso-administrativos que han dado lugar a la Orden de 12 de diciembre de 2012, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se dispone el cumplimiento de las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, recaídas en los recursos contencioso-administrativos núms. 1406/2010, 1165/2010, 1164/2010, 1128/2010 y 1437/2010.
A raíz de dicha Orden de 12 de diciembre de 2012 se han dictado resoluciones por la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica: la Resolución de 16 de enero de 2013 por la que se da cumplimiento al apartado segundo de la Orden de 12 de diciembre de 2012 declarando admitidas al concurso las solicitudes previamente excluidas por aplicación de los artículos 4.4 y 4.5 de la Orden de convocatoria; y la Resolución de 21 de enero de 2013 aprobando nueva lista provisional de personas admitidas y excluidas correspondiente al citado concurso público, en cumplimiento del apartado tercero de la mencionada Orden de 12 de diciembre.
Examinadas las alegaciones y subsanaciones presentadas a la lista provisional aprobada en la Resolución de 21 de enero de 2013, y una vez valorados por la Comisión de Baremación los méritos de las solicitudes que figuran en ambas Resoluciones, conforme al artículo 10 de la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, procede aprobar la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas y las puntuaciones provisionales baremadas por dicha Comisión.
Por todo ello esta Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica
HA RESUELTO
Primero. Aprobar la nueva lista definitiva de personas admitidas y excluidas y puntuaciones provisionales.
Segundo. Publicar la lista a la que se refiere el apartado anterior, que se encuentra expuesta conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la citada Orden de 8 de abril de 2010, en los tablones de anuncio de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social y en la web: http://www.juntadeandalucia.es/salud.
Esta lista se compone de dos tablas, ordenadas alfabéticamente: en una primera tabla se recogen las personas solicitantes definitivamente admitidas y excluidas en cada una de las fases del procedimiento en que participan con expresión de la causa de exclusión, y en la siguiente tabla se recogen las puntuaciones provisionales de los distintos bloques de méritos, de aquellas solicitudes que por su puntuación autobaremada han sido objeto de valoración por la citada Comisión, conforme al artículo 10 de la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010.
Tercero. Establecer un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOJA, para presentar alegaciones en relación con las puntuaciones provisionales que figuran en la lista. Asimismo, los solicitantes que lo deseen podrán concertar la vista de su expediente mediante comunicación telefónica en los primeros cinco días del plazo establecido. Igualmente, quienes hayan detectado errores en sus datos personales podrán solicitar su rectificación.
En las alegaciones deberá consignarse el número de solicitud admitida que aparece en la lista y el nombre, apellidos y DNI de la persona o personas que conlleva dicha solicitud, y se dirigirán a la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Bienestar Social, presentándose, preferentemente, en los registros de la Consejería de Salud y Bienestar Social o de sus Delegaciones Territoriales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada por las personas solicitantes definitivamente excluidas, que figuran en la lista aprobada, ante la Secretaría General de Planificación y Evaluación Económica en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de febrero de 2013.- La Directora General, P.S. (Resolución de la Secretaría General de Planificación y Evaluación Económica de 12.2.2013), el Director General de Calidad, Investigación, Desarrollo e Innovación, Jerónimo Pachón Díaz.
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