Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 04/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 26 de enero de 2013, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la colección documental de don Luis Hernández Calvo ofrecida por doña Consuelo Otero Hernández.

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Mediante escrito presentado en el Archivo Histórico Provincial de Almería el 8 de mayo de 2012, doña Consuelo Otero Hernández expresa su deseo de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su ingreso en el Archivo Histórico Provincial de Almería, los documentos privados de su abuelo don Luis Hernández Calvo.

Depositada provisionalmente en el Archivo Histórico Provincial de Almería, la colección documental objeto de la presente donación es propiedad de doña Consuelo Otero Hernández. Se trata de documentos del archivo personal de don Luis Hernández Calvo, que participó en el negocio minero almeriense en las minas de Rodalquilar y de la zona de Abla. La documentación abarcaría cronologicamente los años 40 y 50 del siglo XX. Estos documentos son de gran interés para el estudio de la minería almeriense, aportando un testimonio directo de una persona que trabajó en la zona aurífera de Rodalquilar y en las minas de Abla. El contenido de esta documentación sería:

- Libro de registro de rendimientos y quebrantos, utilizado entre otras cosas como borrador de una historia de las minas de Rodalquilar (Almería) realizado en los años cuarenta del siglo XX.

- Carpeta con un trabajo sobre la historia de las minas de Rodalquilar, 151 hojas sueltas realizadas a finales de los años treinta del siglo XX.

- Carpeta con documentos varios, entre los que se encuentran documentos de gestión como propietario de minas en Abla y Rodalquilar, generados entre 1931 y 1955.

La colección documental anterior es de escaso volumen (un legajo de 0,06 ml), pero de gran interés para el estudio de la minería en Almería y especialmente de la zona aurifera de Rodalquilar, siendo de importancia para el estudio de los investigadores en este campo , contribuyendo para ello la aportación del testimonio directo de personas que trabajaron en la minería almeriense, ayudando a conocer una visión hasta ahora no tratada.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 2 de la misma Ley, se hace constar expresamente que los documentos revelan un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran Patrimonio Histórico Andaluz.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. En dicho artículo se especifica que dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Decreto 97/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, en su artículo 46, define el ingreso como la entrada de documentos en un archivo para su custodia, control, conservación y servicio. En su artículo 47, establece que el depósito voluntario de documentos, fondos y/o colecciones documentales como una forma de ingreso en los archivos de uso público y, en su artículo 48.4, «cuando se acuerden ingresos en los archivos de titularidad estatal y gestión autonómica deberá tenerse en cuenta lo acordado en el convenio suscrito por la Administración General del Estado y la de la Junta de Andalucía sobre gestión de los citados archivos». Por lo que, en base a la Estipulación Segunda 2.7.3.b) del Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía sobre gestión de los archivos y museos de titularidad estatal, de fecha 23 de mayo de 1994, habrá que especificar que el ingreso del fondo en el Archivo se efectuará por depósito de documentos pertenecientes a la Comunidad Autónoma gestora del Archivo que ésta decide ingresar.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Industrias Creativas y del Libro, de conformidad con las disposiciones citadas, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de la colección documental de don Luis Hernández Calvo, propiedad de doña Consuelo Otero Hernández.

Segundo. Asignar la referida colección documental al Archivo Histórico Provincial de Almería, atendiendo a la voluntad de su titular.

Tercero. Ordenar que, por la Directora del Archivo, se levante acta de ingreso definitivo, mencionando la presente Orden de aceptación, como depósito perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora del Archivo.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter previo, recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 y siguientes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de enero de 2013

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Cultura y Deporte
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