Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 26 de febrero de 2013, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se acuerda la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos de la provincia de Córdoba.

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La Orden de 31 de octubre de 2012, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de inmigración a los Ayuntamientos andaluces, publicada en el BOJA núm. 226, de 19 de noviembre de 2012, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación del Gobierno realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

RESOLUCIÓN

Primero. Distribuir la cantidad de 82.116 euros, correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración en los Ayuntamientos de la provincia de Córdoba, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 31 de octubre de 2012, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.14.00.02.14 . 461.02.31J.8, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias de la Consejería de Justicia e Interior, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La ejecución del Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio preceptor a través de un Plan de Acción, se enmarquen dentro de las líneas de actuación que los Planes Integrales contemplan para las Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO
RELACIÓN DE AYUNTAMIENTOS PERCEPTORES DEL FONDO AUTONÓMICO 
DE INMIGRACIÓN Y CUANTÍAS A TRANSFERIR EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
AYUNTAMIENTO IMPORTE (EUROS)
Baena 9.078,00
Cabra 5.132,00
Córdoba 12.610,00
Lucena 12.098,00
Montilla 5.805,00
Palma del Río 10.242,00
Pozoblanco 7.713,00
Priego de Córdoba 5.187,00
Puente Genil 9.308,00
Rute 5.013,00
TOTAL PROVINCIA DE CÓRDOBA 82.186,00

Córdoba, 26 de febrero de 2013.- La Delegada del Gobierno, M. Isabel Ambrosio Palos.

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