Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 06/03/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de septiembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 187/2012. (PP. 3215/2012).

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NIG: 2906742C20100018305.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 187/2012. Negociado: 7.

Sobre: Resto ordinario.

De: Banco de Santander, S.A.

Procuradora: Sra. María del Mar Conejo Doblado.

Contra: Don Rodolfo Chaparro Vega.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 187/2012 seguido a instancia de Banco de Santander, S.A., frente a don Rodolfo Chaparro Vega se ha dictado sentencia, cuyo encabecimiento y fallo es del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 247/2012

En Málaga, a 18 de septiembre de 2012.

Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 636/12, seguidos a instancias de Banco de Santander, S.A., representado por la Procuradora doña M.ª Mar Conejo Doblado y dirigido por el Letrado don Manuel Conejo Doblado, contra don Rodolfo Chaparro Vega, declarado en rebeldía.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de juicio ordinario promovida por la Procuradora de los Tribunales y de Banco de Santander, S.A., frente a don Rodolfo Chaparro Vega, condenando a la parte demandada a abonar a la actora la suma de once mil trescientos noventa y siete euros con cuarenta y cuatro céntimos (11.397,44 euros), más los intereses pactados y costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2958-0000-02-187-2012, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga, a dieciocho de septiembre de dos mil doce.

Y encontrándose dicho demandado, Rodolfo Chaparro Vega, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a dieciocho de septiembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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