Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 26/03/2013

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 10 de abril de 2012, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga, dimanante de apelación civil núm. 976/2009. (PP. 2594/2012).

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NIG: 2906737C20090001174.

Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 976/2009. Negociado: 7C.

Asunto: 501018/2009.

Autos de: Procedimiento Ordinario 955/2006.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella (Antiguo Mixto núm. Tres).

Negociado: 7C.

Apelante: Banco Santander Central Hispano.

Procuradora: Marta Paya Nadal.

Abogado:

Apelado: Columbus Imperial Club Ltd. y Promotor Consulting, S.L., y Asociación de Consumidores Afectados Mundo Mágico.

Procurador: Feliciano García-Recio Gómez.

Abogado:

EDICTO

Audiencia Provincial de Málaga Cinco.

Recurso: Recurso de apelación civil 976/2009.

Parte apelado: Columbus Imperial Club Ltd. y Promotor Consulting, S.L.

Sobre: Recurso apelación.

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 103

Audiencia Provincial Málaga Sección 5.ª

Presidente: Ilmo. Sr. don Hipólito Hernández Barea.

Magistrados, Ilmos. Sres. don Melchor Hernández Calvo y doña Inmaculada Melero Claudio.

Referencia:

Juzgado de Procedencia: Juzgado núm. Dos de Marbella.

Rollo de apelación núm. 976/09.

Juicio núm. 955/06.

En la ciudad de Málaga, a quince de marzo de dos mil doce.

Visto, por la Sección 5.ª de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el Juicio Ordinario núm. 955/06, seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso el Procurador don Carlos Serra Benítez, en nombre y representación de Banco Santander Central Hispano, S.A.

FALLO

Se desestima el recurso de apelación formulado por el Procurador don Carlos Serra Benítez, en nombre y representación de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra la sentencia dictada en fecha 12 de marzo de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de los de Marbella, en los Autos Civiles de Juicio Ordinario núm. 955/06 y en su consecuencia se confirma íntegramente la sentencia, imponiendo expresamente al recurrente las costas de esta alzada.

Notifíquese esta Resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.

Devuélvanse los autos originales con testimonio de ella al Juzgado de procedencia a sus efectos.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior resolución por la Ilma. Sra. Magistrado Ponente, celebrándose audiencia pública. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la parte apelada Columbus Imperial Club Ltd. y Promotor Consulting, S.L., por Diligencia de Ordenación del Secretario Judicial de este Tribunal de fecha 10.4.2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y su publicación en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación.

Lo extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

En Málaga, a diez de abril del dos mil doce.- El Secretario Judicial.

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