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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 10 de enero de 2012 tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Administración Pública escrito en el que se comunica al Registro de Fundaciones de Andalucía el cambio de la sede social de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva.
Segundo. Vista la documentación, el 24 de enero de 2012 se remitió desde el Protectorado de Fundaciones de Andalucía escrito en el que se exponía la documentación necesaria para proceder a la modificación estatutaria derivada del cambio de domicilio social de la Fundación.
Tercero. El 20 de abril de 2012 la Fundación solicita la ampliación del plazo de presentación de la documentación necesaria para proceder a la modificación estatutaria. El 8 de mayo de 2012 el Protectorado de Fundaciones comunica a la Fundación la prórroga de un mes y medio del plazo concedido para la presentación de la documentación.
Cuarto. El 26 de noviembre de 2012 y 20 de febrero de 2013 tuvo entrada la documentación necesaria para atender la modificación solicitada.
Quinto. La modificación estatutaria afecta al artículo 3 relativo a la duración, ámbito y domicilio de la Fundación, cambiándose el domicilio de Paseo de la Estación, 25, 6.ª planta, de la ciudad de Jaén, al Parque Científico y Tecnológico Geolit, calle Sierra Morena, manzana 13.ª, 23620, Mengíbar.
Sexto. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación:
- Escritura Pública otorgada el 12 de julio de 2012 ante el Notario Esperanza Méndez Vílchez, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 545 de su protocolo, complementada mediante la Escritura Pública de 15 de enero de 2013 otorgada ante la Notario María José Hortelano Parras del Ilustre Colegio de Andalucía y registrada bajo su protocolo número 26.
- Copia del contrato firmado entre el Excmo. Ayuntamiento de Mengíbar y la Fundación por el que se adjudica la concesión demanial de la parcela 27-a del Parque Científico y Tecnológico del Aceite y del Olivar Geolit.
Séptimo. La Escritura Pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 1 de diciembre de 2010, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue debidamente comunicada al Protectorado de Fundaciones de la Consejeria de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el 37 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESUELVE
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva en el Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados Escritura Pública otorgada el 12 de julio de 2012 ante el Notario Esperanza Méndez Vílchez, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 545 de su protocolo, complementada mediante la Escritura Pública de 15 de enero de 2013, otorgada ante la Notario María José Hortelano Parras del Ilustre Colegio de Andalucía y registrada bajo su protocolo número 26.
Segundo. Notificar la presente Resolución a la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva y publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante la Consejería de Justicia e Interior.
Sevilla, 7 de marzo de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.
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