Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 17/04/2013

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación

Orden de 4 de abril de 2013, por la que se acuerda la terminación, por causas sobrevenidas, de los procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 13 de febrero de 2012.

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Mediante el Decreto 373/2011, de 27 de diciembre, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2012 para los cuerpos docentes de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Dicho Decreto preveía que la convocatoria para cubrir las plazas anunciadas se realizaría mediante orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Educación.

La Orden de 13 de febrero de 2012 efectuó convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en estos Cuerpos.

Con fecha de 23 de abril 2012, el Gobierno de la Nación planteó contra la citada orden conflicto positivo de competencia núm. 2386/2012 ante el Tribunal Constitucional, invocando el artículo 161.2 de la Constitución, lo que, a su tenor, y conforme dispone el artículo 64.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, produjo la suspensión de la vigencia y aplicación de la orden impugnada. El Pleno del Tribunal Constitucional acordó mantener la referida suspensión mediante auto de 13 de septiembre de 2012.

Recientemente, y en virtud del principio de lealtad institucional, la Administración General del Estado y la de la Comunidad Autónoma de Andalucía han alcanzado un principio de acuerdo para la resolución del citado conflicto positivo de competencia. Como consecuencia de ello en el Decreto 42/2013, de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2013 para el Cuerpo de Maestros, se han acumulado las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición del sector público docente no universitario correspondiente a los años 2011 y 2012.

En razón de todo lo anterior, teniendo en cuenta que los procedimientos selectivos convocados por la citada Orden de 13 de febrero de 2012 tenían como finalidad la incorporación de los seleccionados en sus respectivos destinos al comienzo del curso 2012/2013, sin que ello haya podido tener lugar, resultando además imposible finalizar dichos procedimientos selectivos en los términos que fueron establecidos en la referida Orden, queda así pues constatada la imposibilidad material de continuar dichos procedimientos por las causas sobrevenidas anteriormente señaladas.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 373/2011, de 27 de diciembre, y en la Orden de 13 de febrero de 2012,

RESUELVO

Primero. Terminar, por causas sobrevenidas, los procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 13 de febrero de 2012, conforme a lo dispuesto en el artículo 87.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Proceder a la devolución de las tasas por derecho de examen que fueron abonadas por los participantes en el procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de Andalucía.

Tercero. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de abril de 2013

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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