Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Corrección de errores de la Orden de 20 de marzo de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones concedidas en el marco de los Programas de Orientación Profesional, Acompañamiento a la Inserción, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acciones Experimentales regulados por el Decreto que se cita (BOJA núm. 67, de 9.4.2013).

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Advertidos errores en el texto de la Orden de 20 de marzo de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones concedidas en el marco de los Programas de Orientación Profesional, Acompañamiento a la Inserción, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acciones Experimentales regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía y se efectuá su convocatoria para el año 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 67, de 9 de abril de 2013, se procede a su corrección en los términos que se indican a continuación:

Primero. En la página 34, en el punto 9 Posibilidad de subcontratación (artículo 8), donde dice «No», debe decir Sí. Porcentaje máximo: 100%.

Segundo. En la página 33, en el último inciso del apartado 1.a) del punto 5.c).1.º, donde dice: «Estos gastos deberán responder a un contrato de dedicación exclusiva a la actividad subvencionada», debe decir: Estos gastos deberán responder a un contrato con dedicación exclusiva y a jornada completa de la actividad subvencionada.

Tercero. En la página 44, en el último inciso del apartado 1.a).1.º del punto 5.c).1.º, donde dice: «Estos gastos deberán responder a un contrato de dedicación exclusiva a la actividad subvencionada», debe decir: Estos gastos deberán responder a un contrato con dedicación exclusiva y a jornada completa de la actividad subvencionada.

Cuarto. En la página 46, en el apartado 1 del punto 12.a), en la columna PONDERACIÓN, del criterio de valoración Expansión territorial, donde dice «10,00%», debe decir 15%.

Quinto. En la página 46, en el apartado 1 del punto 12.a), en la columna PONDERACIÓN, del criterio de valoración Cofinanciación, donde dice «5,00%», debe decir 10%.

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