Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 14 de abril de 2013, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se dispone la publicación de un extracto del contenido de la Resolución de 28 de diciembre de 2012, por la que se hace efectiva la financiación de los Grupos Universitarios de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2010.

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Evaluada la actividad y producción científica y tecnológica y resuelta la financiación de los Grupos Universitarios de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Andalucía de acuerdo con lo establecido en los artículos 7, 8 y 9 de la Orden de 3 de septiembre de 2007, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento para los Grupos de Investigación dependientes de las Universidades y Organismos de Investigación ubicados en Andalucía y se establece su financiación (BOJA núm. 187,  de 21 de septiembre de 2007), esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

RESUELVE

Primero. Hacer público el extracto de la Resolución de fecha 28 de diciembre de 2012, por la que se hace efectiva la financiación de los Grupos Universitarios de Investigación y Desarrollo Tecnológico de Andalucía correspondiente al ejercicio 2010, el cual se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra expuesto en la página web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes, previstos en el texto íntegro de la Resolución, comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 28 DE DICIEMBRE DE 2012, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE HACE EFECTIVA LA FINANCIACIÓN DE LOS GRUPOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DE ANDALUCÍA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010

Por Orden de 3 de septiembre de 2007 se regula el funcionamiento del Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento para los Grupos de Investigación dependientes de las Universidades y Organismos de Investigación ubicados en Andalucía, y se establece su financiación. Esta Orden fue modificada parcialmente por la de 15 de marzo de 2010 (BOJA núm. 66, de 7 de abril de 2010).

El artículo 7 de la citada Orden regula la evaluación de la actividad y producción científica y tecnológica de los Grupos de Investigación que conste en el Sistema de Información Científica de Andalucía (SICA) a 31 de enero y que corresponda al año anterior.

El artículo 8.4 de la Orden establece que la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa determinará, dentro de las disponibilidades presupuestarias, las cantidades correspondientes a cada Grupo, agrupadas por Universidad, y transferirá a éstas el importe total correspondiente a sus Grupos de Investigación, con cargo a la partida presupuestaria adecuada de transferencia de financiación del Capítulo VII de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

La evaluación de los referidos Grupos de Investigación ha sido realizada por la Agencia Andaluza de Evaluación (AGAE), conforme a lo previsto en artículo 7 de la Orden.

Como consecuencia de lo anterior, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

RESUELVE

Primero. Hacer efectiva la financiación a la actividad investigadora de los Grupos de Investigación dependientes de las Universidades Públicas de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2010, en los términos que se indican a continuación (euros):

Grupos de Investigación UNIVERSITARIOS. 2010
UNIVERSIDAD Total Overhead Total Final
UNIVERSIDAD DE ALMERÍA 300.216,55 45.032,48 345.249,03
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ 407.329,63 61.099,44 468.429,07
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA 529.519,44 79.427,92 608.947,36
UNIVERSIDAD DE GRANADA 1.455.058,07 218.258,71 1.673.316,78
UNIVERSIDAD DE HUELVA 211.870,45 31.780,57 243.651,02
UNIVERSIDAD DE JAÉN 296.166,86 44.425,03 340.591,89
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 681.477,03 102.221,55 783.698,58
UNIVERSIDAD DE SEVILLA 1.283.103,31 192.465,50 1.475.568,81
UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE 226.655,92 33.998,39 260.654,31
TOTAL 5.391.397,26 808.709,59 6.200.106,85

En la relación anterior se desglosa el 15% (overhead) a que se refiere el artículo 9 de la Orden de 3 de septiembre de 2007, relativo al Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía.

La relación de los Grupos destinatarios de los incentivos, por Universidad, se contiene en el Anexo I de la Resolución.

La relación de los Grupos excluidos, por Universidad, con indicación de los motivos de exclusión, se contiene en el Anexo II de la Resolución.

Los Grupos que no figuran en el Anexo I ni el Anexo II no reúnen los requisitos para la calificación, según el artículo 16 del Decreto 254/2009, de 26 de mayo (BOJA núm. 109, de 9 de junio), por el que se aprueba el Reglamento por el que se determina la clasificación y se regula el procedimiento para la acreditación y el registro electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

El procedimiento de asignación de incentivos a la actividad interanual de Grupos de Investigación se ha realizado de la manera indicada en el Anexo III de la Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de abril de 2013.- El Secretario General, Francisco Triguero Ruiz.

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