Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 02/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de enero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1795/2011. (PP. 695/2013).

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NIG: 2906942C20110012635.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1795/2011. Negociado: 05.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: Petar Kovacevic.

Procuradora: Sra. M.ª Graciela García-Valdecasas Villén.

Contra: Vista del Amanecer, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1795/2011 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Petar Kovacevic contra Vista del Amanecer, S.L., sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 151/2011

En Marbella, a 10 de octubre de 2012.

Vistos por mí, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Marbella (Málaga), los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número arriba indicado, promovidos por la Sra. Procuradora doña Graciela García Valdecasas Villén, en nombre y representación de don Petar Kovacevic, y defendido por el letrado don Francisco Gil Montijano, frente a Vista del Amanecer, S.L., en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, procede dictar la siguiente resolución:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Sr. Procurador doña Graciela García Valdecasas Villén en nombre y representación de don Petar Kovacevic, contra Vista del Amanecer, S.L., condenándole al pago de la cantidad de 52.500 euros, más los intereses legales, con expresa imposición de costas a la demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Líbrase certificación literal de esta sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Marbella.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Vista del Amanecer, S.L., extiendo y firmo la presente en Marbella, a catorce de enero de dos mil trece.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personaÍ, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier, medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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