Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 11 de noviembre de 2013, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la colección documental de don Sergio Aguilar Siles.

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Mediante escrito presentado en el Archivo Histórico Provincial de Almería el 15 de octubre de 2013, don Sergio Aguilar Siles expresa su deseo de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su ingreso en el Archivo Histórico Provincial de Almería, documentos privados de su propiedad.

Depositada provisionalmente en el Archivo Histórico Provincial de Almería, la colección documental objeto de la presente donación es propiedad de don Sergio Aguilar Siles. Se trata de un fondo documental de gran interés para el estudio de una época tan importante en el siglo XX almeriense como es la Guerra Civil y la Posguerra. La incorporación al Archivo de esta documenación favorecerá el alumbramiento de algunos aspectos de la época dificiles de rastrear. Informes policiales, documentos de partidos políticos o sindicatos generados antes de su depuración y supresión, documentos del contra espionaje o documentos del archivo personal de Jerónimo Tara Martínez, propietario del Café Español, de interés para comprender el funcionamientro empresarial de un negocio hostelero de los años 40 y su relación con el régimen establecido, entre otros, resultarán de gran utilidad a la comunidad científica. El contenido de esta documentación es:

- Archivador y dos sobres que contienen fundamentalmente documentos generados en el periodo de la Guerra Civil y en la Posguerra, en instituciones administrativas, políticas y sindicales.

- Archivador con publicaciones periódicas clandestinas de los años 50 a 70 del siglo XX (Mundo Obrero, Treball, Catalunya Obrera...).

La colección documental anterior es de escaso volumen (un legajo de 0,22 ml), pero se considera de gran interés para incrementar el estudio, conocimiento y los testimonios documentales disponibles de una época tan importante en el siglo XX almeriense como es la Guerra Civil y la Posguerra, siendo a su vez de gran utilidad para la investigación por parte de la comunidad científica.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 2 de la misma, se hace constar expresamente que los documentos revelan un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran Patrimonio Histórico Andaluz.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 87.1 «faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz», entendiendo éstos referidos a todos los bienes integrantes del patrimonio andaluz, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural o inscritos en el Catálogo. En dicho artículo se especifica que dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Decreto 97/2000, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, en su artículo 46, define el ingreso como la entrada de documentos en un archivo para su custodia, control, conservación y servicio. En su artículo 47, establece la donación como uno de los títulos válidos a través del cual se puede producir el ingreso de documentos en los archivos de uso público, en su artículo 48.4, «cuando se acuerden ingresos en los archivos de titularidad estatal y gestión autonómica deberá tenerse en cuenta lo acordado en el convenio suscrito por la Administración General del Estado y la de la Junta de Andalucía sobre gestión de los citados archivos». Por lo que, en base a la Estipulación Segunda 2.7.3.b) del Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía sobre gestión de los archivos y museos de titularidad estatal, de fecha 23 de mayo de 1994, habrá que especificar que el ingreso del fondo en el Archivo se efectuará por depósito de documentos pertenecientes a la Comunidad Autónoma gestora del Archivo que ésta decide ingresar.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Industrias Creativas y del Libro, de conformidad con las disposiciones citadas, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de la colección documental de don Sergio Aguilar Siles, propiedad del mismo, y que se adquiere por este acto.

Segundo. Asignar el referido fondo documental al Archivo Histórico Provincial de Almería, atendiendo a la voluntad de su titular.

Tercero. Ordenar que, por la Directora del Archivo, se levante acta de ingreso definitivo, mencionando la presente Orden de aceptación, como depósito perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora del Archivo.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter previo, recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de noviembre de 2013

luciano alonso alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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