Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 05/06/2014

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Ayuntamientos

Corrección de errores del Anuncio de 24 de abril de 2014, del Ayuntamiento de Aracena, de bases para la provisión de dos plazas de Policía Local (BOJA núm. 87, de 8.5.2014).

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Don Manuel Guerra González, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad de Aracena, Huelva.

Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, reunida en sesión ordinaria, el día 23 de mayo de 2014, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

1.º Admitir a trámite, en primer lugar, el requerimiento de la Secretaría General Provincial y Relaciones Institucionales de la Delegación del Gobierno en Huelva, de 13 de mayo de 2014, sobre requerimiento convocatoria dos plazas de Policía Local, BOJA de 8 de mayo de 2014, en todo su contenido y, en segundo lugar, la solicitud formulada por el Sr. Oficial Jefe de la Policía Local de este Excmo. Ayuntamiento, en todo su contenido.

2.º Aprobar la rectificación de la base tercera, letra b), referente a los requisitos de los aspirantes, en el sentido de que donde consta: «b) Tener dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Los aspirantes a estas plazas que tengan 35 o más, en cuanto a las marcas exigidas para la superación de cada una de las pruebas físicas de que consta el primer ejercicio, quedarán incluidos en el grupo de 30 a 34 años, siendo declarados no aptos quienes no superen las marcas exigidas a los aspirantes encuadrados en este grupo», debe constar la rectificación del citado punto b) de la base tercera, sobre los requisitos de los aspirantes, con el siguiente contenido:

«b) Tener dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Los aspirantes a estas plazas que tengan 35 años o más, en cuanto a las marcas exigidas para la superación de cada una de las pruebas físicas de que consta el primer ejercicio, quedarán incluidos en el grupo de 30 a 34 años, siendo declarados no aptos quienes no superen las marcas exigidas a los aspirantes encuadrados en este grupo.»

3.º Aprobar la rectificación de la Base Tercera, letra g), referente a los requisitos de los aspirantes, en el sentido de que donde consta: «g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP)»; debe constar la rectificación del citado punto g) de la Base Tercera, sobre los requisitos de los aspirantes, con el siguiente contenido:

«g) Estar en posesión de los permisos de conduccción de las clases A2 y BTP.»

Lo que se hace público, para general conocimiento.

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