Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00049997.
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 27/2014. Negociado: I.
NIG: 4109144S20130005335.
De: Don Gerardo Barrasa Muela.
Contra: La Pará der Conde, S.L., e Ispabar, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 27/2014 a instancia de la parte actora don Gerardo Barrasa Muela contra La Pará der Conde, S.L., e Ispabar, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
AUTO
En Sevilla, a dos de junio de dos mil catorce.
Dada cuenta y;
HECHOS
Único. En fecha 24 de marzo de 2014 se dictó Auto teniendo por desistido de la demanda de ejecución al actor don Gerardo Barrasa Muela por incomparecencia en la comparecencia señalada para el día 24 de marzo de 2014. En fecha 3 de abril de 2014 se presentó recurso de reposición contra dicho Auto por la parte actora mencionada y se dio traslado a las partes del recurso planteado mediante edictos en el tablón de anuncios, sin que conste impugnación del mismo.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Único. No procede estimar el recurso de reposición interpuesto por la parte actora puesto que consta en las actuaciones la correcta citación realizada en el despacho Gestión y Servicios, S.L., en fecha 17 de febrero de 2014 sin que se haya realizado manifestación alguna hasta el recurso de reposición planteado, máxime cuando ha aceptado dicho bufete la notificación del Auto recurrido donde se tiene por desistido a la parte actora.
Habiendo presentado la parte actora de nuevo ejecución del Auto extinguiendo la relación laboral en fecha 3 de abril de 2014 procede señalar nuevamente comparecencia, dando cuenta de esta resolución a la Secretaria Judicial a fin de que señale día y hora para la misma.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Debo desestimar y desestimo el recurso de reposición planteado por el actor don Gerardo Barrasa Muela contra Auto de fecha 24 de marzo de 2014, teniendo por instada de nuevo ejecución contra el Auto extinguiendo la relación laboral y se da cuenta a la Secretaria Judicial para que señale día y hora para la comparecencia prevista en el art. 280 de la Ley de Jurisdicción Social.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga, Magistrada del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla. Doy fe.
El/La Magistrado/a. El/La Secretario/a.
Diligencia de Ordenación.
Secretaria Judicial: Sra. doña María Amparo Atares Calavia.
En Sevilla, a diez de junio de dos mil catorce.
Visto el contenido del anterior Auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la LRJS, cítese de comparecencia a las partes para el próximo día siete de julio de dos mil catorce a las 9:20 horas horas de su mañana, previniendo a las mismas que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer por sí o persona que la represente, se la tendrá por decaída de su petición y que de no hacerlo la demandada por sí o representante legal, se celebrará el acto sin su presencia.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Secretario Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación a las demandadas La Pará der Conde, S.L., e Ispabar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a diez de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
Descargar PDF