Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 26/06/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 3 de junio de 2014, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «Virgen de Belén», de Huelva.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Paula Santiago Domínguez, representante de la Fundación de Ayuda a la Infancia y Juventud Santa María de Belén, titular del centro docente privado de educación secundaria «Virgen de Belén», con domicilio en C/ Virgen María, s/n, de Huelva, solicitando modificar la autorización administrativa con la que cuenta el centro, por la autorización de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Cocina y gastronomía y la supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Dirección de cocina, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 21700472, tiene autorización para impartir doce unidades de educación secundaria obligatoria, dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble, que ha sido sustituido por el de Instalación y amueblamiento, mediante el Real Decreto 880/2011, de 24 de junio, y uno de Cocina y gastronomía) y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Restauración, que ha sido sustituido por el de Dirección de cocina, mediante el Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre (BOE de 23 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico en cocina y gastronomía y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Virgen de Belén», código 21700472 y domicilio en C/ Virgen María, s/n, de Huelva, cuyo titular es Fundación de Ayuda a la Infancia y Juventud Santa María de Belén, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 12 unidades.

Puestos escolares: 360.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Instalación y amueblamiento:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Cocina y gastronomía:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 100.

c) Ciclo formativo de formación profesional de grado superior:

Dirección de cocina:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de junio de 2014

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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