Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 14/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 17 de junio de 2014, por la que se modifica la autorización administrativa de enseñanzas del Centro Docente Privado de Educación Secundaria «Escuelas del Ave María», de Málaga.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don José Antonio Villatoro Millán, como representante del Patronato de las Escuelas del Ave María, titular del centro docente privado de Educación Secundaria «Escuelas del Ave María», con domicilio en Avda. Sor Teresa Prat, núm. 51, de Málaga, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta el mismo, por la supresión de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Medio de Equipos electrónicos de consumo y por la autorización de otro de Instalaciones de telecomunicaciones, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro de Educación Secundaria, con código 29005485, tiene autorización para impartir ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria, ocho unidades de Bachillerato (seis en la modalidad de Ciencias y Tecnología y dos en la de Humanidades y Ciencias Sociales), siete ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio (uno de Instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas, que ha sido sustituido por el de Mantenimiento electromecánico mediante el Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Equipos e instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Instalaciones eléctricas y automáticas mediante el Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Equipos electrónicos de consumo, uno de Electromecánica de vehículos, que ha sido sustituido por el de Electromecánica de vehículos automóviles mediante el Real Decreto 453/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles y se fijan sus enseñanzas mínimas, dos de Gestión administrativa y uno de Obras de albañilería), cuatro ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior (uno de Instalaciones electrotécnicas, que ha sido sustituido por el de Sistemas electrotécnicos y automatizados mediante el Real Decreto 1127/2010, de 10 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados y se fijan sus enseñanzas mínimas, uno de Automoción, uno de Administración y finanzas y uno de Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción, que ha sido sustituido por el de Proyectos de edificación, mediante el Real Decreto 690/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación y se fijan sus enseñanzas mínimas).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1632/2009, de 30 de octubre (BOE de 19 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de Educación Secundaria «Escuelas del Ave María», código 29005485 y domicilio en Avda. Sor Teresa Prat, núm. 51, de Málaga, cuyo titular es Patronato de las Escuelas del Ave María, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

Puestos escolares: 240.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y tecnología: 6 unidades.

Puestos escolares: 180.

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 2 unidades.

Puestos escolares: 60.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

Mantenimiento electromecánico:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Instalaciones eléctricas y automáticas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Electromecánica de vehículos automóviles:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Gestión administrativa:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Obras de albañilería:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Instalaciones de telecomunicaciones:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

d) Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado superior:

Sistemas electrotécnicos y automatizados:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Automoción:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Administración y finanzas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Proyectos de Edificación:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de junio de 2014

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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