Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 06/08/2014

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 30 de julio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convoca para el ejercicio 2014 la concesión de subvenciones recogidas en la Orden que se cita.

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La Orden de 20 de diciembre de 2013, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (BOJA número 6, de 10.1.2014), aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Programa Becas Talentia para la realización de estudios de postgrado en universidades y centros de enseñanza superior en el extranjero.

En la disposición adicional tercera de la Orden citada anteriormente se delega en la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología la competencia para efectuar las correspondientes convocatorias de Becas Talentia y se le faculta para desarrollar cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento, desarrollo, interpretación y aplicación de dicha Orden.

Por todo lo anteriormente expuesto, y previo informe favorable de la Consejería competente en materia presupuestaria,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

1. Se convoca la concesión de 60 becas para realizar programas de postgrado en universidades extranjeras al amparo de lo previsto en la Orden de 20 de diciembre de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Programa Becas Talentia para la realización de estudios de postgrado en universidades y centros de enseñanza superior en el extranjero.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes transcurrirá desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 10 de septiembre de 2014.

2. De acuerdo con el apartado 16 del Cuadro Resumen de la Orden de 20 de diciembre de 2013, el plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las becas será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tercero. Lugares y medios de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura como Anexo I de la Orden de 20 de diciembre de 2013, incorporado también a esta resolución como Anexo I, que estará disponible para su cumplimentación en:

- El Portal de la Administración de la Junta de Andalucía: www.juntadeandalucia.es.

- La dirección www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo/aac/.

2. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, podrán presentarse:

- A través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo/talentia/.

- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Financiación.

1. Las subvenciones concedidas para esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 1.1.11.00.18.00. 784.47.54A.2013.

2. La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 2.593.717 euros.

3. Conforme a lo previsto en el artículo 40 del Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía de la se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual.

Quinto. Anexos.

Se publican los siguientes Anexos aprobados mediante Orden de 20 de diciembre de 2013:

Anexo I: Formulario de Solicitud.

Anexo II: Formulario de Alegaciones, Aceptación, Reformulación y Presentación de Documentos.

Serán de aplicación, igualmente, los siguientes anexos publicados junto con la Orden de 20 de diciembre de 2013:

Anexo III: Universidades.

Anexo IV: Bolsa de Estancia.

Anexo V: Bolsa de Viaje.

Sexto. Normas reguladoras.

Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 20 de diciembre de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Programa Becas Talentia para la realización de estudios de postgrado en universidades y centros de enseñanza superior en el extranjero.

Sevilla, 30 de julio de 2014.- El Secretario General, Francisco Andrés Triguero Ruiz.

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