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De conformidad con lo previsto en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y en el artículo 7 y concordantes del real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 26 de junio de 2014, se acordó delegar a la Excma. Diputación de Sevilla, a través del OPAEF, la recaudación en período voluntario de la tasa por servicio de recogida, transporte y eliminación de residuos.
En la misma sesión plenaria se aprobó la correspondiente adenda al convenio de delegación suscrito con la OPAEF en fecha 16 de octubre de 2009, con el objeto de ampliar la delegación contenida en el mismo con la gestión recaudatoria de la tasa en las condiciones que se regulan en sus estipulaciones y se facultó al Sr. Alcalde para suscribirla.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Real Decreto Legisltaivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haceindas Locales y en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para general conocimiento.
La Algaba, 18 de julio de 2014.- El Alcalde, Diego Manuel Agüera Piñero.
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