Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 08/08/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de julio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2131/2011. (PP. 2239/2014).

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NIG: 2906742C20110046286.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2131/2011. Negociado: 1T.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros.

Letrado: Sr. Luis Martínez Salgado.

Contra: Don Manuel Rodríguez Sánchez

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 2131/2011, seguido a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., frente a don Manuel Rodríguez Sánchez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 112/2014

Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.

Lugar: Málaga.

Fecha: Tres de julio de dos mil catorce.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Abogado: Sr. Luis Martínez Salgado.

Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros

Parte demandada: Don Manuel Rodríguez Sánchez.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad (otros)

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pedro Ballenilla Ros, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra don Manuel Rodríguez Sánchez, rebelde, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 15.470,72 euros, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda; todo ello, sin hacer expresa imposición de costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 2933 0000 04 2131 11, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Manuel Rodríguez Sánchez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a catorce de julio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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