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EDICTO
El Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Tarifa ha aprobado por Decreto núm. 2468, de 2 de julio de 2014, la siguientes bases de selección, y de conformidad con lo previsto en el art. 6 del R.D. 896/1991, se procede a publicarlas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Comunidad Autónoma.
BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO VACANTE EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA. OFERTA DE EMPLEO 2010, BOP Núm. 142, DE 27 DE JULIO DE 2010, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE EN EL MARCO DE UN PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, habida cuenta de que se trata de un puesto de trabajo de carácter estructural y que está siendo ocupado de forma temporal y desempeñado con anterioridad al 1 de enero de 2005
1. Normas generales.
1.1. Contenido y ámbito de aplicación.
Las presentes bases regulan el proceso selectivo a convocar por el Ayuntamiento de Tarifa con el objeto de cubrir la vacante en la Plantilla Municipal de Personal Funcionario:
1. Denominacion de la plaza: Asesor Jurídico.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen: Funcionario. Escala: Admón. Especial. Subescala: Técnica. Grupo: A1. Nivel C.D.: 28.
4. Titulacion requerida: Licenciado o Graduado en Derecho.
5. Categoría del Tribunal: Primera.
6. Derechos de examen: 27 €.
1.2. Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. (Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.)
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Tarifa, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en este proceso selectivo todas las personas que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, que aprueba el Estatuto Básico de los Empleados Públicos y que son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos a que hace referencia el artículo 56 mencionado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
f) Titulación: Según se indica en cláusula 1.1 normas generales.
2.1. Plazo.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse, como norma general, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. Forma.
El impreso para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitado por este Ayuntamiento tanto en la Oficina de Atención al Ciudadano, como en la página web www.aytotarifa.com. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
Las solicitudes de participación se dirigirán al Presidente de esta Corporación y deberán ir acompañadas, necesariamente, de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los méritos valorables que en cada proceso selectivo establezcan las bases específicas se alegarán en la instancia. Se aportará toda la documentación relativa a los mismos en documento original o debidamente compulsada, acompañada de relación detallada.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud. En caso contrario, dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
3.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de cada convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara ser domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día siguiente que no tenga estas características.
3.3. Lugar de presentación.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento (Oficina de Atención al Ciudadano) o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.4. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen serán establecidos en los Anexos a estas bases, correspondientes a cada plaza objeto de convocatoria y se ingresarán en la cuenta corriente que seguidamente se indica: Núm. ES39-2100-4796-18-0200006769 de La Caixa. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, salvo que dicha falta de justificación se haya debido a un error por parte de la Administración.
Exenciones de la tasa: De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido el los Tratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normas con rango de Ley.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Requisitos.
Para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2 y en las correspondientes bases específicas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
4.2. Lista de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y sus respectivas causas de exclusión y la composición nominal del Tribunal Calificador.
La resolución se publicará en la página web del ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose el plazo de diez días hábiles para subsanaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del Presidente de la Corporación por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
5. Tribunal Calificador.
Será nombrado por el Sr. Alcalde y estará integrado por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario, designándose igual número de suplentes. De los cuatro Vocales, uno será designado a propuesta del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía. Como Secretario actuará el de la Corporación o funcionario en quien delegue. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos, no pudiendo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual formar parte del Tribunal. Además deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia en todo caso del Presidente y el Secretario y al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web y el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes en los casos previstos en el art. 29 de la misma Ley.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos en las mismas.
La categoría del Tribunal será fijada en el Anexo a las presentes bases en cada base específica de cada puesto convocado, según lo estipulado en el R.D. 462/2000.
6. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
6.1. Calendario de realización de las pruebas.
El comienzo y desarrollo de las pruebas relativas a la fase de oposición será establecida por el Alcalde-Presidente y publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tarifa, así como en su página web: www.aytotarifa.com.
7. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
La fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
A) Fase de concurso.
Serán méritos puntuables:
a) Experiencia profesional.
b) Formación.
c) Otros méritos.
1. Calificación de la fase de concurso.
1.1. Normas generales.
Los aspirantes alegarán los méritos en la forma que se establece en la base 3.1.
Los méritos relativos a la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Tarifa deberán alegarse con indicación de los periodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por los Servicios de Personal.
Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título original o copia compulsada.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
La calificación de la fase de concurso se hará pública en la página web del ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.
1.2. La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
A) Experiencia profesional.
Los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Tarifa en la plaza de asesor jurídico se valorarán a razón de 0,045 puntos por cada mes de servicio.
Los servicios efectivos prestados en cualquier otra Administración, en plaza de asesor jurídico se valorarán a razón de 0,02 puntos por mes de servicio.
La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
B) Formación.
Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Administraciones Públicas y centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que opta, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos a razón de:
- Entre 12 y 39 horas: 0,3 puntos.
- Entre 40 y 99 horas: 0,5 puntos
- Entre 100 y 199 horas: 1,5 puntos
- Más de 200 horas 2,0 puntos.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a los distintos grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
C) Otros méritos. Estar Colegiado como ejerciente en el Colegio Oficial que corresponda a la titulación de la plaza ofertada y haber impartido ponencias en calidad de asesor jurídico en materias de urbanismo para cualquier Colegio Oficial de Abogados, se valorarán con 0,50 en cada caso, hasta un máximo de 1 punto.
La calificación final de las dos fases del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso.
B) Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas escritas. La primera prueba consistirá en un ejercicio teórico, tendrá carácter obligatorio y consistirá en contestar por escrito a cinco preguntas cortas, disponiendo los aspirantes de noventa minutos para su ejecución. Las preguntas versarán sobre el programa de materias contenidos en el Bloque I.
El segundo ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico sobre las materias del Bloque II temario específico anexo a estas bases y consistirá en elaborar un informe-propuesta de resolución sobre la materia que se indique. Los aspirantes dispondrán de dos horas para su realización.
Los ejercicios serán calificados con un máximo de 10 puntos cada uno, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cualquiera de las dos pruebas. Las calificaciones se obtendrán sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de asistentes del Tribunal a la sesión. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición. La calificación final de la prueba de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en los dos ejercicios.
8. Lista de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidencia de la Corporación que formulará la correspondiente propuesta de nombramiento.
9. Presentación de documentación.
9.1. Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y demás requisitos exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo indicado en la base 2.
Dichos documentos son:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases específicas, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración de incompatibilidad o solicitud de compatibilidad, en su caso.
Los aspirantes que sean propuestos por el Tribunal calificador y que estén ocupando ya algún puesto interino, eventual, contratado laboral o como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Tarifa, quedarán exceptuados de presentar aquellos documentos que ya hubieran aportado con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.
9.2. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en la base 9.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario de carrera.
Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el Sr. Alcalde Presidente.
Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
11. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella, se rigen por la legislación administrativa de carácter general, y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra las resoluciones y actos de los Órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento podrá presentarse recurso de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992. Las resoluciones del Tribunal Calificador serán susceptibles de recurso de alzada o cualquier otro que corresponda en derecho, ante el Alcalde.
12. Base final.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bloque I
Temario general
1. La Constitución Española de 1978 I. Estructura.
2. La Constitución Española de 1978 II. Principios generales.
3. La Constitución Española de 1978 III. Derechos y deberes fundamentales.
4. La Constitución Española de 1978 IV. Organización territorial del Estado. La Administración Local.
5. El régimen local español: principios constitucionales y regulación jurídica.
6. El Municipio I. concepto. Elementos.
7. El Municipio II. El territorio municipal.
8. El Municipio III. El Padrón municipal de Habitantes: regulación.
9. El Municipio IV. La organización municipal. Competencias de los municipios.
10. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Referencias a la Administración Local.
11. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
12. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.
13. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de Entrada y Salida de documentos: requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la corporación.
15. El presupuesto: principios presupuestarios. El Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
16. La contratación administrativa en la esfera local. Clases de contratos.
17. Los contratos del sector público: Delimitación. Los principios generales de la contratación del sector público.
18. Las partes en los contratos del sector público. El Órgano de Contratación. La selección del contratista: Procedimiento.
19. La preparación de los contratos por las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de contratación.
20. Los contratos del sector público. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos. La revisión de los precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.
21. Los contratos del sector público. La cesión de los contratos y subcontratación.
22. El contrato de obra. Regulación en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
23. El contrato de concesión de obra pública. Regulación en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
24. El contrato de gestión de servicio público. Regulación en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
25. El contrato de suministro: Régimen jurídico. Ejecución y modificación.
26. El contrato de servicios: Régimen jurídico. Ejecución y modificación.
27. Los contratos administrativos especiales. Contratos privados.
28. La responsabilidad patrimonial de la administración pública. Regulación constitucional, regulación en la Ley 30/1992 y regulación en la Legislación de régimen local.
29. Los bienes de las Entidades Locales. El Dominio Público. El patrimonio privado de las mismas. Aspectos Generales.
30. El dominio público: Concepto, naturaleza y elementos. Régimen jurídico.
31. Dominios públicos especiales. Aspectos esenciales de la regulación relativa a aguas, costas, carreteras, montes y minas.
32. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico.
33. El acceso a los empleos locales: Principios reguladores. Requisitos. La extinción de la condición de empleado público.
34. El régimen disciplinario a los funcionarios públicos. Los delitos cometidos por funcionarios públicos.
35. La ley de Autonomía Local de Andalucía. Las competencias municipales: Competencias propias de los municipios.
36. Historia legislativa en materia de igualdad. Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Acoso por razón de sexo.
37. Legislación autonómica en materia de igualdad de género. Ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Bloque II
Temario específico
1. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Objeto, ámbito de aplicación y principios generales.
2. Actividad de las Administraciones Públicas: Normas Generales. Término y Plazos.
3. El acto administrativo: Requisitos y eficacia. Nulidad y anulabilidad.
4. El procedimiento administrativo: Iniciación. Clases de iniciación. Iniciación de oficio.
5. Declaración responsable y comunicación previa en la tramitación de licencias de actividad.
6. El procedimiento administrativo: Instrucción. Disposiciones Generales. Prueba.
7. Terminación del procedimiento administrativo: La obligación de resolver. La terminación convencional.
8. El silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
9. Revisión de oficio. Recursos administrativos: Principios generales. Suspensión de la ejecución.
10. Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión.
11. La potestad sancionadora: Concepto y significado. Principios de la potestad sancionadora.
12. Principios del procedimiento sancionador.
13. Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora: Disposiciones generales.
14. Procedimiento administrativo sancionador: Actuaciones previas e iniciación del procedimiento.
15. Procedimiento administrativo sancionador: Resolución. Efectos. Procedimiento simplificado.
16. Infracciones y sanciones en materia de Actividades Recreativas y Espectáculos Públicos.
17. El seguro de responsabilidad civil en materia de Actividades Recreativas y espectáculos públicos.
18. Infracciones y Sanciones en materia de seguridad ciudadana. Competencia de la Administración Local.
19. Sanciones e infracciones en materia de sanidad y salud pública. Competencia de la Administración Local.
20. Evolución histórica de la legislación urbanística española. El marco constitucional del urbanismo. La doctrina del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado y Comunidades Autónomas.
21. Régimen y contenido del derecho de propiedad del suelo.
22. Regulación de competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
23. Régimen urbanístico del suelo. Clasificación del suelo.
24. Ejecución de los planes de ordenación, según la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía: Sistemas de actuación.
25. La expropiación forzosa por razón del urbanismo: Supuestos expropiatorios. Procedimientos a seguir para la expropiación forzosa.
26. Procedimiento de tasación conjunta: Tramitación, aprobación y efectos. La tasación individual.
27. Patrimonios públicos del suelo: Clases y constitución.
28. La disciplina urbanística: Disposiciones generales. Licencias urbanísticas: Actos sujetos a licencia.
29. Las licencia urbanísticas: Competencia y procedimiento para su otorgamiento. Eficacia temporal y caducidad de las licencias urbanísticas.
30. La inspección urbanística: Naturaleza y funciones de la inspección. Visitas y actas de inspección. Delito contra la ordenación del territorio.
31. El restablecimiento del orden jurídico perturbado: Requerimiento de legalización. Principio de proporcionalidad. Reposición de la realidad física alterada. Diferentes tipos de multas coercitivas.
32. Cumplimiento por equivalencia. Plazo para el ejercicio de la potestad disciplinaria en materia urbanística.
33. Régimen legal de fuera de ordenación: Suelo urbano y urbanizable.
34. Régimen legal de fuera de ordenación en suelo no urbanizable. Procedimiento para su reconocimiento.
35. Asimilados al régimen legal de fuera de ordenación: Suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
36. Procedimiento de declaración asimilado al Régimen Legal de Fuera de Ordenación.
37. Las infracciones urbanísticas: Clases. Tipos básicos y específicos. Relación entre el procedimiento sancionador y de disciplina urbanística.
38. Competencia y procedimiento para la imposición de sanciones urbanísticas. Personas responsables. La prescripción de las sanciones y las infracciones.
39. Incorporación al planeamiento de los asentamientos urbanísticos en suelo no urbanizable: Edificaciones en asentamientos urbanísticos.
40. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Las partes, capacidad procesal y legitimación. Procedimiento en primera o única instancia. Diligencias preliminares. Interposición del recurso y reclamación del expediente.
41. El recurso contencioso-administrativo: Objeto. Actividad administrativa impugnable.
42. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Sentencia. Otros modos de terminación.
43. El derecho civil español. El Código Civil.
44. La relación jurídica. Sujetos de la relación: Personas y clases de personas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.
45. El derecho real de propiedad. Modos de adquirir la propiedad.
46. La posesión y sus especies. Adquisición de la posesión.
47. Del matrimonio. Requisitos del matrimonio y formas de celebración.
48. El contrato: Concepto, elementos y requisitos. Vicios de los contratos. Clases de contratos.
49. De las servidumbres legales: De las servidumbres en materia de paso.
50. Las sociedades mercantiles en general. Clases de sociedades mercantiles.
51. La sociedad anónima y la sociedad limitada.
52. La legislación laboral: El contrato de trabajo. Concepto, clases y modalidades. Extinción de la relación laboral.
53. El derecho de huelga y su ejercicio.
BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR UNA PLAZA DE PERSONAL FUNCIONARIO VACANTE EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA. OFERTA DE EMPLEO 2010, BOP Núm. 142, DE 27 DE JULIO DE 2010, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE EN EL MARCO DE UN PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, habida cuenta de que se trata de un puesto de trabajo de carácter estructural y que está siendo ocupado de forma temporal y desempeñado con anterioridad al 1 de enero de 2005
BASES
1. Normas generales.
1.1. Contenido y ámbito de aplicación.
Las presentes bases regulan el proceso selectivo a convocar por el Ayuntamiento de Tarifa con el objeto de cubrir la vacante en la Plantilla Municipal de Personal Funcionario:
1. Denominación de la plaza: Técnico de Administración Especial Jefe de Gestión Tributaria.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen: Funcionario. Escala: Admón. Especial. Subescala: Técnica. Grupo: A1. Nivel C.D.: 28.
4. Titulación requerida: Licenciado o Graduado en Economía.
5. Categoría del Tribunal: Primera.
6. Derechos de examen: 27 €.
1.2. Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. (Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.)
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Tarifa, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en este proceso selectivo todas las personas que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, que aprueba el Estatuto Básico de los Empleados Públicos y que son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos a que hace referencia el artículo 56 mencionado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
f) Titulación: Según se indica en cláusula 1.1 normas generales.
2.1. Plazo.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse, como norma general, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. Forma.
El impreso para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitado por este Ayuntamiento tanto en la Oficina de Atención al Ciudadano, como en la página web www.aytotarifa.com. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
Las solicitudes de participación se dirigirán al Presidente de esta Corporación y deberán ir acompañadas, necesariamente, de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los méritos valorables que en cada proceso selectivo establezcan las bases específicas se alegarán en la instancia. Se aportará toda la documentación relativa a los mismos debidamente compulsada, acompañada de relación detallada.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud. En caso contrario, dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
3.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de cada convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara ser domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día siguiente que no tenga estas características.
3.3. Lugar de presentación.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento (Oficina de Atención al Ciudadano) o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.4. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen serán establecidos en los Anexos a estas bases, correspondientes a la plaza objeto de convocatoria y se ingresarán en la cuenta corriente que seguidamente se indica: Núm. ES39-2100-4796-18-0200006769 de La Caixa. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, salvo que dicha falta de justificación se haya debido a un error por parte de la Administración.
Exenciones de la tasa: De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido el los Tratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normas con rango de Ley.
4. Admision de aspirantes.
4.1. Requisitos.
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2 y en las correspondientes bases específicas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
4.2. Lista de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y sus respectivas causas de exclusión y la composición nominal del Tribunal Calificador.
La resolución se publicará en la página web del ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose el plazo de diez días hábiles para subsanaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del Presidente de la Corporación por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
5. Tribunal Calificador.
Será nombrado por el Sr. Alcalde y estará integrado por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario, designándose igual número de suplentes. De los cuatro Vocales, uno será designado a propuesta del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía. Como Secretario actuará el de la Corporación o funcionario en quien delegue. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos, no pudiendo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual formar parte del Tribunal. Además deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia en todo caso del Presidente y el Secretario y al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web y el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes en los casos previstos en el art. 29 de la misma Ley.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las Bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos en las mismas.
La categoría del Tribunal será fijada en el Anexo a las presentes bases en cada base específica de cada puesto convocado, según lo estipulado en el R.D. 462/2000.
6. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
6.1. Calendario de realización de las pruebas.
El comienzo y desarrollo de las pruebas relativas a la fase de oposición será establecida por el Alcalde-Presidente y publicada en el tablón de anuncio del Ayuntamiento de Tarifa, así como en su página web: www.aytotarifa.com.
7. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
La fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
A) Fase de concurso.
Serán méritos puntuables:
a) Experiencia profesional.
b) Formación.
c) Otros méritos.
1. Calificación de la fase de concurso.
1.1. Normas generales:
Los aspirantes alegarán los méritos en la forma que se establece en la base 3.1.
Los méritos relativos a la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Tarifa deberán alegarse con indicación de los períodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por los Servicios de Personal.
Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título original o copia compulsada.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
La calificación de la fase de concurso se hará pública en la página web del ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.
1.2. La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
A) Experiencia profesional.
Los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Tarifa en la plaza objeto de la convocatoria se valorarán a razón de 0,045 puntos por cada mes de servicio.
Los servicios efectivos prestados en cualquier otra Administración, en plaza de Jefe de Gestión Tributaria se valorarán a razón de 0,02 puntos por mes de servicio.
La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
B) Formación.
Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Administraciones Públicas y centros o entidades acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que opta, se valorarán hasta un máximo de 4 puntos a razón de:
- Entre 12 y 39 horas: 0,3 puntos.
- Entre 40 y 99 horas: 0,5 puntos
- Entre 100 y 199 horas: 1,5 puntos
- Más de 200 horas: 2,0 puntos.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a los distintos grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
C) Otros méritos. Estar Colegiado como ejerciente en el Colegio Oficial que corresponda a la titulación de la plaza ofertada al menos durante un año anterior a la fecha de finalización del período de presentación de instancias, se valorará, en su caso, con 1 punto.
La calificación final de las dos fases del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso.
B) Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas escritas. La primera prueba consistirá en un ejercicio teórico, tendrá carácter obligatorio y consistirá en contestar por escrito a cinco preguntas cortas, disponiendo los aspirantes de noventa minutos para su ejecución. Las preguntas versarán sobre el programa de materias contenidos en el Bloque I.
El segundo ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico sobre las materias del Bloque II temario específico anexo a estas bases y consistirá en elaborar un informe- propuesta de resolución sobre la materia que se indique. Los aspirantes dispondrán de dos horas para su realización.
Los ejercicios serán calificados con un máximo de 10 puntos cada uno, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cualquiera de las dos pruebas. Las calificaciones se obtendrán sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de asistentes del Tribunal a la sesión. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición. La calificación final de la prueba de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en los dos ejercicios
8. Lista de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidencia de la Corporación que formulará la correspondiente propuesta de nombramiento.
9. Presentación de documentación.
9.1. Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán, en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y demás requisitos exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo indicado en la base 2.
Dichos documentos son:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases específicas, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración de incompatibilidad o solicitud de compatibilidad, en su caso.
Los aspirantes que sean propuestos por el Tribunal calificador y que estén ocupando ya algún puesto interino, eventual, contratado laboral o como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Tarifa, quedarán exceptuados de presentar aquellos documentos que ya hubieran aportado con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.
9.2. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en la base 9.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario de carrera.
Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el Sr. Alcalde Presidente.
Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
11. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella, se rigen por la legislación administrativa de carácter general, y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra las resoluciones y actos de los Órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento podrá presentarse recurso de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992. Las resoluciones del Tribunal Calificador serán susceptibles de recurso de alzada o cualquier otro que corresponda en derecho, ante el Alcalde.
12. Base final.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO
TEMARIO
BLOQUE I
Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978 I. Estructura.
2. La Constitución Española de 1978 II. Principios generales.
3. La Constitución Española de 1978 III. Derechos y deberes fundamentales.
4. La Constitución Española de 1978 IV. Organización territorial del Estado. La Administración Local.
5. El régimen local español: principios constitucionales y regulación jurídica.
6. El Municipio I. concepto. Elementos.
7. El Municipio II. El territorio municipal.
8. El Municipio III. El Padrón municipal de Habitantes: Regulación.
9. El Municipio IV. La organización municipal. Competencias de los municipios.
10. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Referencias a la Administración Local.
11. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
12. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
13. Los bienes de las Entidades Locales. El Dominio Público. El patrimonio privado de las mismas.
14. La contratación administrativa en la esfera local I. Clases de contratos. La selección del contratista.
15. La contratación administrativa en la esfera local II. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos. La revisión de los precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.
16. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de Entrada y Salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
17. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del presidente de la corporación.
18. El presupuesto: Principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria. Materia específica.
19. El Derecho Financiero: Concepto, contenido y principios que lo forman.
20. El Derecho Tributario español: Principios Constitucionales. La Ley General Tributaria.
21. Significado y principios generales.
22. Los tributos y sus clases.
23. La relación jurídico-tributaria: Concepto, naturaleza y elementos.
24. El hecho imponible: Concepto y clases.
25. El sujeto pasivo. Los responsables del tributo. La capacidad de obrar en el orden tributario. El domicilio fiscal.
26. La Base Imponible: Concepto y regímenes de determinación. Estimación directa, indirecta y objetiva.
27. La comprobación de valores. La base liquidable. El tipo de gravamen. La deuda tributaria: Elementos.
28. Infracciones tributarias: Concepto, naturaleza y clases.
29. Sanciones tributarias. Condonación de sanciones.
30. El procedimiento de gestión tributaria I. Iniciación y trámites.
31. El procedimiento de gestión tributaria II. La declaración tributaria. Comprobación.
32. El procedimiento de gestión tributaria III. La prueba. Las liquidaciones.
33. El procedimiento de gestión tributaria IV. La notificación.
34. Historia legislativa en materia de igualdad. Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Acoso por razón de sexo.
35. Legislación autonómica en materia de igualdad de género. Ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
BLOQUE II
Materias específicas
36. Las ordenanzas fiscales. Concepto. Elaboración de las ordenanzas fiscales.
37. El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles I. Naturaleza y hecho imponible.
38. El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles II. Exenciones. Sujetos pasivos.
39. El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles III. Base imponible. Base liquidable.
40. El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles IV. Cuota. Devengo y período impositivo.
41. El Impuesto Sobre Bienes Inmuebles V. Gestión del impuesto.
42. El Impuesto Sobre Actividades Económicas I: Naturaleza y hecho imponible.
43. El Impuesto Sobre Actividades Económicas II. Exenciones. Sujetos pasivos. Cuota tributaria y tarifas del impuesto.
44. El Impuesto Sobre Actividades Económicas III. Período impositivo y devengo. Gestión del impuesto. Delegación de competencias en materia censal.
45. El impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica I. Naturaleza y hecho imponible. Exenciones. Sujetos pasivos.
46. El impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica II. Cuota período impositivo y devengo. Gestión del impuesto.
47. El impuesto sobre construcciones instalaciones y obras I: Naturaleza y hecho imponible. Sujetos pasivos. Exenciones.
48. El impuesto sobre construcciones instalaciones y obras II. Base imponible. Cuota devengo. Gestión del impuesto.
49. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana I: Naturaleza y hecho imponible. Beneficios fiscales. Sujetos pasivos.
50. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana II. Base imponible. Cuota. Períodos impositivos y devengo. Gestión del impuesto.
51. Tasas. Régimen jurídico.
52. Clasificación de las tasas.
53. Los Precios Públicos. Régimen Jurídico.
54. Las contribuciones especiales. Régimen Jurídico.
55. La revisión de los actos de gestión tributaria en vía administrativa. Recurso de reposición.
56. La suspensión del acto impugnado en materia de gestión tributaria.
57. La Gestión Recaudatoria local: Concepto. Objeto.
58. La competencia recaudatoria de las entidades locales en período voluntario y en vía ejecutiva. Normativa reguladora de la Recaudación Local.
59. Extinción de las deudas. El pago. La prescripción.
60. Otras formas de extinción de las deudas tributarias: Enumeración y régimen jurídico.
61. El pago de las deudas I. Medios de pago. Legitimación para efectuar el pago y competencias para el cobro.
62. El pago de las deudas II. Lugar de pago. Tiempo de pago en período voluntario. Integridad del pago y requisitos.
63. El pago de las deudas III. Efectos del pago y consecuencias de la falta de pago.
64. Aplazamiento y fraccionamiento de pago: Régimen Jurídico.
65. El procedimiento de recaudación en período voluntario: Iniciación y conclusión.
66. Ingresos a través de las entidades de depósito que prestan el servicio de caja. Ingresos a través de las entidades colaboradoras en la recaudación local.
67. Recaudación de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva.
68. El procedimiento de recaudación en vía de apremio. Carácter del procedimiento. Títulos ejecutivos: La providencia de apremio.
69. Recargo de apremio.
70. El interés de demora en las deudas tributarias.
71. Práctica de las notificaciones en el procedimiento de apremio. La notificación de la providencia de apremio.
72. Ingresos en el procedimiento de apremio. Plazos de ingreso. Acumulaciones y desgloses.
73. Disposiciones generales sobre el embargo de bienes. La providencia de embargo. Orden a observar en el embargo de bienes.
74. Bienes inembargables y limitaciones de embargo. Autorización judicial para la entrada en domicilio.
75. El embargo de dinero en efectivo o en cuentas abiertas en entidades de depósito.
76. El embargo de sueldos, salarios y pensiones.
77. El embargo de créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo.
78. El embargo de bienes inmuebles I. Diligencia de embargo y su notificación.
79. El embargo de bienes inmuebles II. Anotación preventiva de embargo en el registro de la propiedad.
80. El embargo de bienes inmuebles III. Requisitos de los mandamientos y su presentación en registro. Forma de proceder ante las suspensiones de anotación por los registrados y demás incidencias.
81. El embargo de establecimientos mercantiles e industriales.
82. El embargo de frutos y rentas de toda especie.
83. El embargo de bienes muebles.
84. Deposito de bienes embargados. Funciones del depositario. Nombramiento, derechos, deberes y responsabilidad del depositario.
85. Actuaciones previas a la enajenación de bienes: Valoración y fijación del tipo. Títulos de propiedad y remisión de expedientes.
86. Enajenación de bienes I. Formas de enajenación. Autorización, providencia, notificación y anuncio de subasta.
87. Enajenación de bienes II. Desarrollo de la subasta. Venta mediante gestión y adjudicación directa.
88. Finalización de los expedientes de apremio I. Actuaciones posteriores a la enajenación. Costas del procedimiento.
89. Finalización de los expedientes de apremio II. Adjudicación de bienes a la Hacienda Local.
90. Créditos incobrables: Concepto, declaración y efectos.
BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA QUE SE INDICAN. OFERTA DE EMPLEO 2010, BOP Núm. 142, DE 27 DE JULIO DE 2010, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE EN EL MARCO DE UN PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, habida cuenta de que se trata de puestos de trabajo de carácter estructural y que están siendo ocupados de forma temporal y desempeñados con anterioridad al 1 de enero de 2005
BASES
1. Normas generales.
1.1. Contenido y ámbito de aplicación.
Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Tarifa con el objeto de cubrir vacantes en la Plantilla Municipal de Personal Funcionario. Las especificidades de cada proceso selectivo: Denominación de la plaza, número total de plazas, titulación requerida, categoría del Tribunal, derechos de examen, figurarán en los Anexos de las presentes bases generales.
1.2. Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. (Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.)
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquellas con el de cualquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Tarifa, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en este proceso selectivo todas las personas que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, que aprueba el Estatuto Básico de los Empleados Públicos y que son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos a que hace referencia el artículo 56 mencionado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
f) Titulación: Según anexo específico para cada plaza.
2.1. Plazo.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse, como norma general, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. Forma.
El impreso para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitado por este Ayuntamiento tanto en la Oficina de Atención al Ciudadano, como en la página web www.aytotarifa.com. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
Las solicitudes de participación se dirigirán al Presidente de esta Corporación y deberán ir acompañadas, necesariamente, de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los méritos valorables que en cada proceso selectivo establezcan las bases específicas se alegarán en la instancia. Se aportará toda la documentación relativa a los mismos debidamente compulsada, acompañada de relación detallada.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud. En caso contrario, dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
3.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de cada convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara ser domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día siguiente que no tenga estas características.
3.3. Lugar de presentación.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento (Oficina de Atención al Ciudadano) o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.4. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen serán establecidos en los Anexos a estas Bases, correspondientes a cada plaza objeto de convocatoria y se ingresarán en la cuenta corriente que seguidamente se indica: Núm. ES39-2100-4796-18-0200006769 de La Caixa. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, salvo que dicha falta de justificación se haya debido a un error por parte de la Administración.
Exenciones de la tasa: De conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, no se reconoce beneficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo establecido el los Tratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normas con rango de Ley.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Requisitos.
Para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2 y en las correspondientes bases específicas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
4.2. Lista de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y sus respectivas causas de exclusión y la composición nominal del Tribunal Calificador.
La resolución se publicará en la página web del Ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose el plazo de diez días hábiles para subsanaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del Presidente de la Corporación por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
5. Tribunal Calificador.
Será nombrado por el Sr. Alcalde y estará integrado por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario, designándose igual número de suplentes. De los cuatro Vocales, uno será designado a propuesta del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía. Como Secretario actuará el de la Corporación o funcionario en quien delegue. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos, no pudiendo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual formar parte del Tribunal. Además deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia en todo caso del Presidente y el Secretario y al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web y el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes en los casos previstos en el art. 29 de la misma Ley.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las Bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos en las mismas.
La categoría del Tribunal será fijada en el Anexo a las presentes bases en cada base específica de cada puesto convocado, según lo estipulado en el R.D. 462/2000.
6. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
6.1. Calendario de realización de las pruebas.
El comienzo y desarrollo de las pruebas relativas a la fase de oposición será establecida por el Alcalde-Presidente y publicada en el tablón de anuncio del Ayuntamiento de Tarifa, así como en su página web: www.aytotarifa.com.
7. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
La fase de concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
A) Fase de concurso.
La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar el ejercicio de la fase de oposición.
Serán méritos puntuables:
a) Experiencia profesional.
b) Formación.
c) Otros méritos.
1. Calificación de la fase de concurso.
1.1. Normas generales:
Los aspirantes alegarán los méritos en la forma que se establece en la base 3.1.
Los méritos relativos a la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Tarifa deberán alegarse con indicación de los periodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por los Servicios de Personal.
Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título original o copia compulsada.
A los efectos de contabilizar cada uno de los méritos alegados se tomará como fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
La calificación de la fase de concurso se hará pública en la página web del ayuntamiento (www.aytotarifa.com) y tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.
1.2. La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:
A) Experiencia profesional.
Los servicios efectivos prestados en el Ayuntamiento de Tarifa como funcionario interino o personal laboral temporal o indefinido en la plaza a la que se opta se valorarán a razón de 0,045 puntos por cada mes de servicio.
Los servicios efectivos prestados en cualquier otra Administración, en la especialidad de la plaza a la que se opta se valorarán a razón de 0,02 puntos por mes de servicio.
La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
B) Formación.
Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Administraciones Públicas y centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas, directamente relacionados con las funciones de la plaza a la que opta, se valorarán hasta 4 puntos a razón de:
- Entre 12 y 39 horas: 0,3 puntos.
- Entre 40 y 99 horas: 0,5 puntos
- Entre 100 y 199 horas: 1,5 puntos
- Más de 200 horas: 2,0 puntos.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas se asignará la puntuación mínima.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a los distintos grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
C) Otros méritos.
Poseer titulación superior a la exigida, haber sido ponente en jornadas jurídicos-técnica, organizadas por Ayuntamientos u Organismos oficiales y que tengan relación con el puesto ofertado, se valorará con 1 punto.
Haber superado ejercicios de pruebas de acceso a plazas igual a la convocada tanto en el Ayuntamiento de Tarifa como en otras Administraciones Públicas, se valorará, una vez debidamente acreditado, en 0,5 puntos por convocatoria.
La puntuación máxima por otros meritos no podrá ser superior a 1 punto.
B) Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas escritas. La primera prueba consistirá en la realización de un ejercicio teórico sobre el temario común de cada convocatoria tendrá carácter obligatorio y consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test, de cincuenta preguntas, con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta. Los aspirantes dispondrán de una hora para su ejecución. Las preguntas versarán sobre el programa de materias contenidos en el Bloque I y puntuarán 0,2 puntos la pregunta correcta y 0 la incorrecta o en blanco.
El segundo ejercicio consistirá en la realización de un supuesto práctico sobre el Bloque II de temario específico recogido en el Anexo a estas Bases correspondiente a cada plaza convocada. Los aspirantes dispondrán de dos horas para su realización.
Los ejercicios serán calificados con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cualquiera de las dos pruebas. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición. La calificación de la prueba de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en los dos ejercicios
La calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso.
8. Lista de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo superar éstos el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidencia de la Corporación que formulará la correspondiente propuesta de nombramiento.
9. Presentación de documentación.
9.1. Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán, en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y demás requisitos exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo indicado en la base 2.
Dichos documentos son:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases específicas, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración de incompatibilidad o solicitud de compatibilidad, en su caso.
Los aspirantes que sean propuestos por el Tribunal calificador y que estén ocupando ya algún puesto interino, eventual, contratado laboral o como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Tarifa, quedarán exceptuados de presentar aquellos documentos que ya hubieran aportado con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.
9.2. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en la base 9.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario de carrera.
Concluido el proceso selectivo quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el Sr. Alcalde Presidente.
Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
11. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella, se rigen por la legislación administrativa de carácter general, y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra las resoluciones y actos de los Órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento.
Las resoluciones del Tribunal Calificador serán susceptibles de recurso de alzada o cualquier otro que corresponda en derecho, ante el Alcalde.
12. Base final.
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
1. Denominacion de la plaza: Arquitecto Técnico.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen: Funcionario. Escala: Admón. Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Medio. Grupo: A2. Nivel C.D.: 26.
4. Titulación requerida: Arquitecto Técnico, Aparejador.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Derechos de examen: 21,50 €.
Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978 I. Estructura y Principios generales.
2. La Constitución Española de 1978 II. Derechos y deberes fundamentales. Clasificación, justificación y fundamento.
3. La Constitución Española de 1978 III. Organización territorial del Estado. La Administración Local.
4. El Municipio I. Concepto. Elementos.
5. El Municipio II. El territorio municipal.
6. El municipio III. El Padrón municipal: Contenido.
7. El Municipio IV. La organización municipal. Competencias de los municipios.
8. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
9. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
10. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
11. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de Entrada y Salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
12. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del presidente de la corporación.
13. El presupuesto: Principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria.
14. Historia legislativa en materia de igualdad. Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Acoso por razón de sexo.
15. Legislación autonómica en materia de igualdad de género. Ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Temario EspecÍfico
1. Producción de residuos de Construcción y demolición. Normativa europea, Estatal y Autonómica.
2. La seguridad y salud en el trabajo en las obras de edificación I. Normativa de aplicación. Disposiciones mínimas generales relativas a los puestos de trabajo. Protecciones personales y colectivas. Medidas preventivas y de emergencia, primeros auxilios y servicios sanitarios.
3. La seguridad y salud en el trabajo en las obras de edificación II. El estudio, el estudio básico y el plan de seguridad y salud: Ámbito de aplicación, alcance, contenido documental y tramitación. El libro de incidencias. Obligaciones de contratistas, subcontratistas y trabajadores. Personal con funciones de coordinación y control en las fases de proyecto y obra.
4. La ordenación de la edificación. Normativa reguladora: Objeto y ámbito de aplicación. Requisitos básicos de la edificación. Agentes de la edificación: Concepto y obligaciones. Responsabilidades y garantías.
5. La accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. Normativa de la Junta de Andalucía. Ámbito de aplicación y definiciones. Diseño y ejecución. Medidas de fomento y financiación. Control, coordinación y seguimiento. Las ayudas técnicas. Régimen sancionador.
6. Requisitos básicos de seguridad en caso de incendio en los edificios. Normativa reguladora. Exigencias en el proyecto, durante la ejecución de la obra y en el uso y mantenimiento.
7. Requisitos básicos de ahorro de energía, aislamiento térmico y protección contra el ruido en los edificios. Normativa reguladora. Requisitos básicos de higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios. Normativa reguladora.
8. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Instrumentos de prevención y control ambiental, anexos. Ámbito de aplicación. Finalidad. Competencias. Legislación y normas sobre control de ruido. Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.
9. Competencias del Municipio en urbanismo. Clasificación y Categorías de suelo según la LOUA. El régimen del suelo no urbanizable de acuerdo a la LOUA. Normas de aplicación directa para el suelo no urbanizable. El régimen del suelo urbanizable en la LOUA. El régimen del suelo urbano en la LOUA. Áreas de reparto. El aprovechamiento urbanístico. Las parcelaciones.
10. Características y requisitos de las unidades de ejecución. Delimitación de las unidades de ejecución. El sistema de compensación según la LOUA. El sistema de cooperación según la LOUA. El sistema de expropiación según la LOUA. La reparcelación.
11. El deber de conservación y rehabilitación. Situación legal de ruina urbanística. Ordenes de ejecución de obras de conservación. Ruina física inminente. Expropiación forzosa por razón de urbanismo.
12. Licencias urbanísticas: Actos sujetos a licencia competencia y procedimiento. La protección de la legalidad urbanística y restableciendo del orden jurídico perturbado. Competencia de la comunidad autónoma. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística. Las infracciones urbanísticas y las sanciones. Situación legal de fuera de ordenación.
13. Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Situación legal de fuera de ordenación.
14. Anteproyectos y proyectos de las obras de contratación pública. El proyecto como base técnica del contrato y norma de ejecución de la obra.
15. Los Pliegos de la contratación pública de obras. Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales. Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
16. Los presupuestos en las obras de contratación pública. Sistemas de presupuestación. Los precios: Clases, requisitos que han de reunir, costes directos e indirectos, cálculo y actualización. Las mediciones: Requisitos, alcance y contenido.
17. Las partes que intervienen en la ejecución del contrato público de obra y los medios para su ejecución. Relaciones entre las partes que intervienen en el contrato público de obra. Órganos de la Administración: Funciones, obligaciones y prerrogativas. El contratista y la dirección facultativa. Los medio para la ejecución de la obra púbica.
18. El tiempo de ejecución de la obra de contratación pública. La comprobación del replanteo y el inicio. El programa de trabajo. Las anualidades presupuestarias. Los plazos de ejecución. Efectos del incumplimiento de los plazos. La suspensión de las obras.
19. El abono de la obra de contratación pública en ejecución. Certificaciones: Carácter, tipos y conceptos integrantes. Mediciones: Requisitos y criterios.
20. La revisión de precios en las obras de contratación pública. Disposiciones reguladoras. Requisitos para la inclusión de la revisión como cláusula contractual y procedimiento a seguir.
21. Modificaciones y obras complementarias en el control público de obras. Modificaciones: Prerrogativas, prohibiciones, limitaciones y efectos. Clases de variaciones y su consideración. Obras complementarias. Contenido del proyecto complementario.
22. La extinción del contrato público de obra. La extinción normal del contrato. La recepción de la obra: Procedimiento, tipos y efectos. El período de garantía y el cumplimiento del contrato. La resolución del contrato. La responsabilidad del contratista por vicios ocultos.
23. El abono de la obra ejecutada y la liquidación del contrato público de obra. La medición general: Procedimiento y criterios de elaboración. La certificación final de las obras. Liquidación del contrato.
24. Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Tarifa.
25. Plan General de Ordenación Urbana de Tarifa. Planes de Desarrollo de Tarifa. Adaptación parcial a la LOUA del Plan General de Ordenación Urbana de Tarifa.
26. Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de los Alcornocales. Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural del Frente Litoral Algeciras-Tarifa.
27. Modificaciones puntuales del PGOU del término municipal de Tarifa. Ordenanzas del Término Municipal de Tarifa.
28. Plan Especial de Protección en el Conjunto Histórico de Tarifa. Catálogo.
29. Programa informático de Administración electrónica Absis.
30. Demoliciones, trabajos previos y acondicionamiento del terreno en los edificios. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativas de aplicación.
31. Cimentaciones de los edificios. Ensayos geotécnicos. Tipos de cimentaciones y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
32. Saneamiento en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
33. Estructuras de hormigón en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
34. Estructura metálicas y de madera en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
35. Muros de carga, cerramientos, particiones, arcos y bóvedas en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
36. Cubiertas en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación a las cubiertas de tejas y azoteas.
37. Instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
38. Instalaciones de fontanería y gas en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación para canalizaciones de abastecimiento, desagües, aparatos y equipos.
39. Instalaciones de climatización y ventilación en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
40. Instalaciones electromecánicas, de protección, salubridad y energía solar en los edificios. Aparatos elevadores. Equipos de bombeo. Antirrobo. Pararrayos. Basuras. Energía de solar. Tipos y descripción.
41. Revestimientos y acabados de los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
42. Carpinterías, acristalamientos y elementos de seguridad y protección en los edificios. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación.
43. Obras en edificios existentes. Tipos y descripción. Estudios, análisis, investigaciones previas y trabajos preparatorios. Diagnosis y tratamientos. Daños y defectos en los edificios. Las humedades y las fisuras: Tipos, características, causas, efectos, prevención y tratamiento.
44. El control de calidad en las obras de edificación. Normativa de aplicación. Organigrama del control. Programa de control de calidad.
45. Valoración de inmuebles. Normativa reguladora. Métodos de valoración. Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.
ANEXO II
1. Denominacion de la plaza: Ingeniero Técnico Obras Públicas.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen: Funcionario. Escala: Admón. Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Medio. Grupo: A2. Nivel C.D.: 26.
4. Titulación requerida: Ingeniero Técnico en Obras Públicas.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Derechos de examen: 21,50 €.
Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978 I. Estructura y principios generales.
2. La Constitución Española de 1978 II. Derechos y deberes fundamentales. Clasificación, justificación y fundamento.
3. La Constitución Española de 1978 III. Organización territorial del Estado. La Administración Local.
4. El Municipio I. Concepto. Elementos.
5. El Municipio II. El territorio municipal.
6. El municipio III. El Padrón municipal: Contenido.
7. El Municipio IV. La organización municipal. Competencias de los municipios.
8. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
9. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
10. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
11. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de Entrada y Salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
12. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del presidente de la corporación.
13. El presupuesto: Principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria.
14. Historia legislativa en materia de igualdad. Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Acoso por razón de sexo.
15. Legislación autonómica en materia de igualdad de género. Ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Materias específicas
1. Legislación de Contratos del Sector Público: Esquema general. Desarrollo reglamentario.
2. Proyectos de obras. Clasificación de las obras y de los contratistas. Contenido de los proyectos. Supervisión y aprobación. Replanteo previo. Real Decreto 1627/1997. Disposiciones específicas de seguridad y salud en la fase de proyecto y ejecución de obras.
3. Pliegos de cláusulas administrativas generales y particulares. Pliegos de prescripciones técnicas y normas técnicas.
4. Comprobación del replanteo. La dirección de obra. Ejecución de las obras y responsabilidad del contratista. Certificación y abonos a cuenta. Modificación del contrato de obra. Revisión de Precios.
5. Recepción y plazo de garantía de las obras. Liquidación. Vicios ocultos. Resolución del contrato de obras.
6. Ley de Expropiación Forzosa. Conceptos, elementos y procedimientos.
7. Normativa Estatal y Autonómica en materia urbanística. Criterios de armonización entre ambas y perspectivas actuales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
8. Instrumentos de ordenación territorial municipal y supramunicipal.
9. Legislación medioambiental. Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Su desarrollo reglamentario.
10. Legislación estatal de Carreteras: Ley de 1988, de Carretera, y Reglamento que la desarrolla.
11. Ley de Carreteras de la Junta de Andalucía.
12. Ley de Aguas. Reglamentos que la desarrollan. El dominio público hidráulico.
13. Ley de Costas. Reglamentos que la desarrollan.
14. Ley de Fomento de las Energías Renovables de Andalucía.
15. Geografía física de la provincia de Tarifa. Relieve y morfología. Hidrología. Acuíferos. Cuencas Hidrográficas. Comarcas naturales. Clima.
16. Geología y Geotecnia de la provincia de Tarifa. Principales fuentes de materiales, su localización.
17. Espacios naturales protegidos: Parques, Parajes y Reservas Naturales. Denominación y características.
18. Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo.
19. Demografía de la provincia de Tarifa. Distribución de la población. Estructura. Municipios. Mancomunidades.
20. Infraestructuras del transporte humano y de mercancías de Tarifa.. Carreteras de interés general del Estado. Red de carreteras de titularidad autonómica.
21. La energía eólica en Tarifa. Antecedentes históricos, situación actual y perspectiva de futuro.
22. El abastecimiento de agua en Tarifa. Principales fuentes y recursos. Instalaciones de carácter supramunicipal: Captación, transporte y regulación Características principales y régimen de explotación.
23. El vertido de las aguas residuales. Instalaciones de depuración: Panorama actual y horizonte a corto y medio plazo en Tarifa.
24. El tratamiento de los residuos sólidos urbanos de Tarifa. Instalaciones de carácter supramunicipal: Puntos limpios, Centros de Transferencia, Aprovechamiento y Valorización: Distribución espacial, características principales y régimen de explotación.
25. Proyectos de urbanización. Estructura y contenido. Anteproyecto y estudios previos. Descripción. Anejos.
26. Obras de urbanización de una vía urbana. Proceso de ejecución. Servicios urbanos.
27. Control de calidad en obras de urbanización. Relación de ensayos y características.
28. Redes de alcantarillado. Evaluación de caudales. Sistemas de redes. Localización y características en el núcleo de Tarifa.
29. Captación y conducción de agua potable. Distribución: Sistemas y criterios: Tipos de redes de agua potable.
30. Alumbrado urbano: Objetivos. Clasificación de las vías. Situación de los puntos de luz.
31. Pavimentos en las ciudades: Tipos y características.
32. El aparcamiento en el sistema viario. Diseños y usos. Transporte colectivo de superficie.
33. Mezclas bituminosas. Tipos y aplicaciones.
34. Pavimentos pétreos. Diseño. Sistemas de ejecución y mantenimiento.
35. Pavimentos peatonales. Elementos y características. Pavimentos decorativos. Pavimentos continuos.
36. Trazado geométrico de viales. Plantas, alzados y secciones. Intersecciones y glorietas.
37. Infraestructuras urbanas. Descripción, criterios de diseño y dimensionado. Ejecución y control de calidad.
38. Redes viarias urbanas. Tipos de calles. Redes arteriales. Características geométricas.
39. Estructura viaria del núcleo de Tarifa. Situación actual y proyección futura.
40. Intersecciones urbanas. Funcionamiento, clasificación, elementos, tipos, criterios de proyecto.
41. Seguridad vial. Estudio de accidentes. Medidas de seguridad. Índice de peligrosidad.
42. Conservación y explotación de la red viaria urbana. Servicios auxiliares.
43. Señalización horizontal y vertical. Tipos de señales. Balizamiento y contención de vehículos.
44. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Contenido.
45. Programa informático de administración electrónica ABSIS.
ANEXO III
1. Denominación de la plaza: Trabajador Social.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen: Funcionario. Escala: Admón. Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Medio. Grupo: A2. Nivel C.D.: 26.
4. Titulación requerida: Diplomatura en Trabajo Social.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Derechos de examen: 21,50 €.
Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978 I. Estructura y Principios generales.
2. La Constitución Española de 1978 II. Derechos y deberes fundamentales. Clasificación, justificación y fundamento.
3. La Constitución Española de 1978 III. Organización territorial del Estado. La Administración Local.
4. El Municipio I. concepto. Elementos.
5. El Municipio II. El territorio municipal.
6. El municipio III. El Padrón municipal: Contenido.
7. El Municipio IV. La organización municipal. Competencias de los municipios.
8. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
9. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
10. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
11. Especialidades del procedimiento administrativo local. El registro de Entrada y Salida de documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
12. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del presidente de la corporación.
13. El presupuesto: Principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria.
14. Historia legislativa en materia de igualdad. Ley Orgánica para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: Acoso por razón de sexo.
15. Legislación autonómica en materia de igualdad de género. Ley para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Temario Específico
Tema 1. Historia y evolución de los sistemas de protección social en España.
Tema 2. El sistema público de Servicios Sociales en el marco de una Política de Bienestar Social.
Tema 3. Los Servicios Sociales como sistema de protección: Principios, objetivos, criterios de actuación, niveles de actuación y áreas de competencia.
Tema 4. La Política Social en el marco europeo. Del Tratado de Roma a Ámsterdam. La cumbre de Lisboa 2000. Los planes nacionales de inclusión. Las políticas europeas para inclusión social activa.
Tema 5. Fundamentos, principios y funciones básicas del Trabajador Social. Código deontológico del Trabajador Social.
Tema 6. Conceptos Básicos del Trabajo Social. Modelos de intervención del Trabajo Social. Teorías contemporáneas de Trabajo Social.
Tema 7. Las necesidades sociales. Concepto de necesidad social. Diferentes perspectivas de análisis de las necesidades sociales. Métodos para la prospección de necesidades sociales.
Tema 8. Instrumentos y técnicas en trabajo social. La observación y la visita domiciliaria. La entrevista. El informe social.
Tema 9. El proyecto de intervención social. La Historia Social y la Ficha Social.
Tema 10. El Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales.
Tema 11. La Investigación Social. La investigación social como elemento básico para el diagnóstico de necesidades. Su aplicación al Trabajo Social.
Tema 12. La Evaluación en Trabajo Social. Modelos de evaluación. Metodología para la evaluación.
Tema 13. La planificación social. Elementos a contemplar en el diseño de Programas. Los Proyectos Sociales: Diseño, contenidos y elaboración.
Tema 14. Los Servicios Sociales en España. Competencias de las Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales. Política Social en España y Andalucía.
Tema 15. Los Servicios Sociales en Andalucía. Ley de Servicios Sociales de Andalucía. Estructura operativa y de gestión de los Servicios Sociales en Andalucía.
Tema 16. Servicios Sociales Comunitarios. Concepto. Competencias y gestión. Áreas de actuación.
Tema 17. Servicios Sociales Especializados. Concepto. Competencias y gestión. Sectores de actuación.
Tema 18. El Plan Concertado. Prestaciones básicas y Prestaciones Complementarias.
Tema 19. La coordinación de los Servicios Sociales Comunitarios y Especializados.
Tema 20. La Seguridad Social en España. Evolución y Prestaciones actuales.
Tema 21. Las prestaciones familiares de la Seguridad Social. Permisos parentales y excedencias.
Tema 22. La protección por desempleo. Prestaciones No Contributivas.
Tema 23. Pensiones no Contributivas. Modalidades. Características.
Tema 24. La intervención social con familias desde los servicios sociales comunitarios.
Tema 25. Situaciones de riesgo en la infancia: Prevención, detección y factores de riesgo.
Tema 26. El maltrato infantil. Intervención desde los servicios sociales comunitarios.
Tema 27. El Trabajo Social con mayores. Los recursos comunitarios para su atención social.
Tema 28. Trabajo Social y exclusión. El programa de Solidaridad para la Erradicación de la Marginalidad y la Desigualdad Social en Andalucía.
Tema 29. Trabajo Social en inmigración. Principales problemáticas sociales de los inmigrantes.
Tema 30. Tipos de drogas y adicciones. La atención a las drogodependencias y adicciones a nivel comunitario.
Tema 31. Trabajo Social y discapacidad. Servicios, Centros y Programas para la atención de personas con discapacidad.
Tema 32. Trabajo Social y violencia en el ámbito familiar. Actuación profesional en los casos de violencia familiar. Breve referencia a la regulación jurídica de la prevención y protección de las víctimas de violencia de género.
Tema 33. Problemática de los marginados sin hogar: Indomiciliados o transeúntes. Áreas de actuación y programas de intervención.
Tema 34. La intervención social contra el absentismo, la desescolarización y el abandono escolar desde los servicios sociales comunitarios. La intervención contra el absentismo escolar desde el Ayuntamiento de Tarifa.
Tema 35. El Servicio de Ayuda a Domicilio. Papel y funciones del Trabajador Social en el Servicio de Ayuda a Domicilio. Normativa reguladora del servicio de ayuda a domicilio en Andalucía.
Tema 36. El voluntariado social. Perspectiva histórica. Breve referencia a su regulación jurídica a nivel estatal, autonómico y provincial. Captación y utilización de voluntarios en los servicios sociales comunitarios.
Tema 37. Los servicios sociales y la participación ciudadana. Papel del Trabajador/a social. Los Consejos Municipales de Servicios Sociales como órganos de participación.
Tema 38. Aspectos generales de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 39. La normativa andaluza en materia de dependencia (I). Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia.
Tema 40. La normativa andaluza en materia de dependencia (II). La intensidad de protección de los servicios y la gestión.
Tema 41. Los beneficiarios de la protección por la dependencia. La baremación de la situación de dependencia.
Tema 42. Los Centros Municipales de Servicios Sociales Comunitarios. Objetivos. Funciones. Planificación de los Servicios necesarios desde un Centro de Servicios Sociales.
Tema 43. El Trabajo Social en los Servicios Sociales Comunitarios. Rol, funciones y actuaciones de un/una Trabajador/a Social en los Servicios Sociales Comunitarios.
Tema 44. El/La Educador/a Social. Rol y funciones en los Servicios Sociales Comunitarios. Relación con el Trabajo Social y otras profesiones.
Tema 45. El/La Auxiliar de Ayuda a Domicilio. Rol y funciones. Relación con otras profesiones.
Las bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado. El resto de anuncios relacionados con el proceso selectivo de publicarán en la página web del Ayuntamiento en el apartado de personal www.aytotarifa.com.
Tarifa, 3 de julio de 2014.- El Alcalde, Juan Andrés Gil García.
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