Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 27/01/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Jaén, para la concesión de ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro para la prevención, el seguimiento y el control de absentismo escolar, durante el curso 2013/2014.

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1. Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades.

2. Que en su artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

3. Visto el Decreto 167/2003, de 17 de junio, que en su artículo 13.1 recoge que la Consejería de Educación podrá conceder a las Entidades Locales ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan a la inserción socioeducativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

4. Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar.

5. Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, en el que se contempla la suscripción de convenio de colaboración entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Entidades Locales.

6. Vista la Orden de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía. Así como la Resolución de 18 de abril (BOJA núm. 88, de 8 de mayo), de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2013/2014.

7. Vistas las propuestas realizadas por la comisión de Evaluación de esta Delegación.

8. Visto lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como otras de naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación del TRLCSP, y conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 4 del R.D. Leg. 3/2011, los Convenios se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, esta Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Jaén, atendiendo a los antecedentes expuestos y demás de pertinente aplicación,

HA RESUELTO

Primero. Aprobar la relación definitiva de subvenciones concedidas a Entidades sin Ánimo de Lucro que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias definitivas, para la realización de proyectos de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2013/2014, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía que se indica en el Anexo I.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2013/2014 , las cuales no han obtenido la puntuación suficiente para ser consideradas beneficiarias, según se relaciona en el Anexo II.

Tercero. Excluir las solicitudes de subvenciones relacionadas en el Anexo III, por las causas que en el mismo se indican.

Cuarto. Se considera:

1. La cantidad total de las ayudas concedidas es de veintiocho mil setecientos noventa y nueve euros (28.799,00 euros) la cual se imputara a la siguiente aplicación presupuestarias 0.1.11.00.02.23.481.00.42F.4

2. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderán el curso académico 2013/2014.

Quinto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Orden reguladora de 15 de abril de 2011 y en el apartado 24.b), se procederá a efectuar el pago, de acuerdo con el articulo 20.1 de la Ley 2/2004, en un único libramiento en firme. Los pagos se efectuarán mediante trasferencias bancarias a las cuentas de las entidades beneficiarias de estas ayudas, previa acreditación de su titularidad.

Sexto. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, son las recogidas en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011.

Séptimo. Plazo y forma de justificación.

1. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda concedida ante esta Delegación Provincial, teniendo como plazo máximo para la presentación de dicha justificación hasta el 31 de agosto del año académico subvencionado, tal y como esta establecido en el art. 27.1 y en el apartado 26 b) del cuadro resumen, de la citada Orden reguladora

2. La justificación por parte de la persona o entidad beneficiaria, se realizará atendiendo al cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención en la forma que se señala en el art. 27. apartado a) 1.ª y en el apartado 26.f).1.º del cuadro resumen, de la citada Orden reguladora.

3. Con carácter adicional, y para la mejor justificación de los gastos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida.

Octavo. Contra la presente Resolución, de la Delegación Territorial de Educación que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excmo. Sr. Consejero de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXOS QUE CUMPLIMENTAN ESTA RESOLUCIÓN

Anexo I: Relación definitiva de subvenciones concedidas a entidades sin ánimo de lucro que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, para la realización de actividades de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2013/2014.

N.º ENTIDAD CIF VALORACIÓN DE SOLICITUDES CANTIDAD FINAL ADAPTADA A LA APLICACIÓN CORRESPONDIENTE
1 APROMPSI G23014814 40 7.500,00€
2 CRUZ ROJA ESPAÑOLA Q2866001G 38 6.500,00€
3 FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO - JAÉN G14522171 37 5.000,00€
4 FUNDACIÓN SECRETARIADO GITANO G83117374 35 2.849,00€
5 ANDALUCÍA POR LA ENSEÑANZA PÚBLICA G91715003 31 2.500,00€
6 LIGA GIENNENSE DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA POPULAR G23427339 30 2.250,00€
7 JAÉN ACOGE G23280860 29 2.200,00€
TOTAL 28.799,00€

Anexo II: Relación definitiva de subvenciones denegadas que no han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, para la realización de actividades de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2013/2014.

N.º ENTIDAD CIF VALORACIÓN DE SOLICITUDES
1 ASOCIACIÓN PARAJ G23447584 27
2 UNIÓN ROMANÍ G23698343 26
3 ASOCIACIÓN MUNDO SOLIDARIO SPORT G77339587 25

Anexo III: Relación definitiva de solicitudes excluidas de subvenciones de Entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2013/2014.

N.º ENTIDAD CIF CAUSAS DE LA DESESTIMACIÓN
1 SAVE THE CHILDREN G79362497 Documentación requerida no presentada durante el desarrollo de la 1.ª fase de la convocatoria
2 ASOCIACIÓN DE MUJERES GITANAS SINANDO KALÍ G23278740 Documentación requerida no presentada durante el desarrollo de la 1.ª fase de la convocatoria
3 FED. DE MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA. FAKALI G91274035 Por no subsanar el apartado 5.3.2 y 5.3.3 tal y como establecía el requerimiento de subsanación conjunta, publicado con fecha de 26 de junio de 2013 en la página de la Consejería de Educación
4 FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO - ÚBEDA G14522171 Desestimada atendiendo a lo establecido en el apartado 2.c) del cuadro resumen, incluido en la Orden reguladora de 15 de abril de 2011
5 FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO - LINARES G14522171 Desestimada atendiendo a lo establecido en el apartado 2.c) del cuadro resumen, incluido en la Orden reguladora de 15 de abril de 2011
6 ASOCIACIÓN C.D.I. GITANA «DRON DEL GAO ROMANÓ» G23038789 Incumplimiento del apartado 4.a) 2.º del cuadro resumen, incluido en la Orden reguladora de 15 de abril de 2011
7 QUESADA SALUD Y VIDA G23651193 Incumplimiento del apartado 4.3 de la Resolución de 18 de abril de 2013 (BOJA núm. 88, de 8 de mayo de 2013)
8 AMPA «GARCILENSE» DEL CEIP. SAN MARCOS G23497373 Excluida atendiendo a lo establecido en el apartado 10.c) del cuadro resumen, incluido en la Orden reguladora de 15 de abril de 2011, teniendo en cuenta los términos previstos en el RD 1829/1999, de 3 de diciembre
9 AMPA «LA ILUSIÓN» G23408602 Documentación requerida no presentada durante el desarrollo de la 1.ª fase de la convocatoria
10 AMPA «NACELRIO» G23495005 Incumplimiento del apartado 4.3 de la Resolución de 18 de abril de 2013 (BOJA núm. 88, de 8 de mayo de 2013)
11 AMPA «OPINIÓN» DEL CEIP. JAÉN G23035132 Incumplimiento del apartado 4.3 de la Resolución de 18 de abril de 2013 (BOJA núm. 88, de 8 de mayo de 2013)

Jaén, 27 de diciembre de 2013.- La Delegada, Yolanda Caballero Aceituno.

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