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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 22 de septiembre de 2003, y conforme al artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que establece las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, una vez estudiadas las solicitudes conforme al procedimiento y con las condiciones establecidas en la referida Orden de 15 de abril de 2011, valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,
ACUERDA
Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2014/2015 realiza la Resolución de 25 de marzo de 2014 (BOJA núm. 67, de 7 de abril de 2014), de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para financiar programas de absentismo escolar otorgando las subvenciones a las entidades sin fines de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las Entidades sin ánimo de lucro que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.
Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2014/2015 y, así mismo el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2015, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de las documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.
Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las Entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de treinta y cinco mil euros (35.300,00 €) estará a cargo de la aplicación presupuestaria:
0.1.13.00.02.18.481.00.42F.7.
Quinto. La presente Resolución pone fin al procedimiento y agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo en la forma y en los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 7 de agosto de 2014.- La Delegada, Ana Gámez Tapias.
ANEXO I
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BENEFICIARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR. CURSO 2014/2015
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE | CIF | PRESUPUESTO REFORMULADO | SUBVENCIÓN PROPUESTA | PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN |
ASOCIACIÓN DE MUJERES GITANAS ROMI | G-18222240 | 10.000´00€ | 10.000´00€ | 100% |
ASOCIACIÓN ALMANJÁYAR EN FAMILIA (ALFA) | G-18710558 | 5.991´84€ | 5.200´00€ | 86,78% |
FAKALI, MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA | G-91274035 | 3.000´00€ | 3.000´00€ | 100% |
CÁRITAS DIOCESANA DE GRANADA | R-1800085A | 3.000´00€ | 3.000´00€ | 100% |
ASOCIACIÓN PARA LA INTERVENCIÓN CON MENORES EN RIESGO SOCIAL - IMERIS | G-18518183 | 3.000´00€ | 3.000´00€ | 100% |
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO | G-14522171 | 2.800´00€ | 2.800´00€ | 100% |
FEDERACIÓN PROVINCIAL DE MADRES Y PADRES DE ALUMNADO DE GRANADA – FAMPA ALHAMBRA | G-18048520 | 5.109´80 | 2.800´00€ | 54.79% |
LIGA ESPAÑOLA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA POPULAR – LIGA GRANADINA | G-18231852 | 2.800´00€ | 2.800´00€ | 100% |
ASOCIACIÓN GITANA ANAQUERANDO | G-18234583 | 2702´00 | 2.700´00€ | 99,92% |
ANEXO II
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR. CURSO 2014/2015
ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO SOLICITANTE | CAUSA DE EXCLUSIÓN |
FUNDAMENTO JURÍDICO (Orden de 15 de abril de 2011 - Resolución de 25 de marzo de 2014) |
ANDALUCÍA POR LA ENSEÑANZA PÚBLICA | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN GRANADA COGE | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN AD-HOC DE ATENCIÓN A PERSONAS CON PROBLEMAS DE ADICIONES | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN MEDIANDO Y CRECIENDO | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN COOPERACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA - CODENAF | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ALDEAS INFANTILES - SOS | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN JUVENIL TORREÑA | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
CLUB DEPORTIVO TORRENUEVA 1972 | Crédito agotado | Artículo 5, Resolución de 25 de marzo de 2014 |
ASOCIACIÓN COMARCAL DE FAMILIAS AFECTADAS POR TDAH - ACOFA - TDAH | No cumplir el objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria |
Apartado primero, punto d) de la Resolución de 25 de marzo de 2014 Artículo 1 (bases reguladoras) de la Orden de 15 de abril de 2011 |