Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 17/09/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 31 de julio de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 241/2013.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 241/2013. Negociado: 1.

NIG: 4109144S20130002594.

De: Don Antonio José Rabanal González.

Contra: Andaluza de Recuperación de Créditos y Cobros, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 241/2013 a instancia de la parte actora don Antonio José Rabanal González contra Andaluza de Recuperación de Créditos y Cobros, S.L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Auto de fecha 31.7.14 del tenor literal siguiente:

AUTO

En Sevilla, a treinta y uno de julio de dos mil catorce.

Dada cuenta; y

HECHOS

Único. En DIOR de fecha 22.7.13 se concedió a la parte actora el plazo de cuatro días para que subsanara la demanda, habiéndose notificado a dicha parte por medio de Edicto, al encontrarse en ignorado paradero, habiéndose publicado en el BOJA núm. 114, de 16 de junio de 2014, sin que se haya cumplimentado el requerimiento.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único. El artículo 81.1.º de la LRJS establece el archivo de las actuaciones cuando transcurriera el plazo de cuatro días sin haberse producido la subsanación a que se refiere, sentando el artículo 43 párrafo 3.º del mismo cuerpo legal el carácter perentorio e improrrogable de los plazos judiciales.

Visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª decide: Proceder al archivo de las actuaciones por no haberse cumplimentado el requerimiento efectuado a la parte demandante.

Notifíquese el presente auto a la parte actora, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida ajuicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco de Santander núm. 4023-0000-64 ..../.. (con expresión del número de Autos correspondiente), utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco de Santander 0049 3569 92 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. ... indique núm. de Juzgado ... de ... indique ciudad..., y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña María de las Nieves Rico Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandante don Antonio José Rabanal González, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a treinta y uno de julio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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