Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 22/09/2014

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Vivienda

Resolución de 10 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y se determina la composición del Tribunal Calificador, así como la fecha, horarios y lugar de celebración de las pruebas.

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El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero (BOE de 27 de febrero), en relación con la Directiva 2008/68/CE en lo que afecta al transporte por carretera, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, al menos un Consejero de Seguridad.

Asimismo se establece en el art. 26 del indicado Real Decreto que para poder ejercer sus funciones, el consejero deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho Real Decreto.

De otra parte, la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero (BOE de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de los Consejeros de Seguridad establecen las modalidades y la estructura de estos exámenes, así como el modelo de certificado de formación que deberá expedirse una vez superados los mismos. Queda asimismo regulada la renovación de los certificados a través de la superación por su titular de una prueba de control en el último año anterior a la expiración de la validez del certificado.

En dicha norma se prevé a su vez que las convocatorias se formalizarán por las Comunidades Autónomas con periodicidad mínima anual indicándose necesariamente el plazo de presentación de instancias y cuantos requisitos sean necesarios para la realización de las pruebas.

En su virtud, esta Dirección General

ha resuelto

Primero.

Convocar pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Los candidatos deberán superar un examen y podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades, o de forma separada para alguna de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

Se hace expresa advertencia de que en el supuesto de que se indique en la solicitud para la obtención de certificado más de una especialidad, se entenderá que la opción elegida es la del examen global, para todas las especialidades.

Segundo. Normas generales para la realización de los exámenes.

La realización de los exámenes se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Contenido de los exámenes de acceso:

Los exámenes constarán de dos pruebas:

Una primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a los Consejeros de Seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

Una segunda prueba, consistente en la realización de un caso práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el consejero, en la que se permitirá la consulta de textos, excepto aquéllos en los que figure la resolución a los supuestos.

Dichas pruebas se realizarán conforme al Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR 2013), publicado en BOE núm. 63, de 14 de marzo de 2013.

El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de una hora.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Base segunda. Contenido de las pruebas para la renovación de certificado.

La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá en un examen, en el que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a los Consejeros de Seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

Quienes soliciten la renovación del certificado podrán, igualmente, presentarse a las pruebas para la obtención de certificado por primera vez en la especialidad. Ambas pruebas, obtención y renovación del certificado, se realizarán separadas horariamente.

Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.

Atendiendo al día previsto de realización de los ejercicios y a la apertura del plazo de presentación de solicitudes, la fecha de validez de los certificados a renovar deberá estar comprendida entre el día siguiente al de publicación en el BOJA de la presente convocatoria y el 22 de noviembre de 2015.

Base tercera. Solicitudes, plazos de presentación y pago de la tasa.

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se ajustarán al modelo que se publica como Anexo de la presente Resolución. Dicho modelo se podrá obtener y cumplimentar en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoyvivienda.html.

2. Los aspirantes deberán hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente cuyo importe es de 20,05 euros por cada prueba a la que se presente, ya sea la obtención de certificado o la renovación. El impreso 046 necesario para realizar el pago se podrá obtener en la página web antes indicada y en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio.

3. La presentación de la solicitud y el pago de la tasa podrán realizarse a través de Internet.

A quienes opten por la presentación de la solicitud y pago de la tasa a través de Internet se les aplicará una bonificación de 3 euros sobre su importe, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Únicamente podrán realizar los trámites telemáticos de presentación de la solicitud y pago de la tasa los aspirantes que dispongan de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

4. El plazo de que dispondrán los aspirantes para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOJA de la presente convocatoria.

La organización de las pruebas se llevará a cabo por las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Sevilla y Granada. Por ello, las solicitudes se presentarán, preferentemente, en la Delegación de la provincia donde pretenda concurrir el aspirante, sin perjuicio de la presentación en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la LRJAP y PAC, o a través de la dirección del sitio web señalado en el punto 1 de la presente base.

Los aspirantes que hayan realizado el pago de la tasa a través de las entidades financieras colaboradoras deberán acompañar a la solicitud la documentación justificativa del pago efectuado.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación de las solicitudes de acceso a las pruebas en el plazo y forma indicados en esta convocatoria.

5. La carencia de cualquiera de los datos de la solicitud o de los documentos o justificantes exigidos dará lugar a la exclusión del aspirante.

6. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de admitidos/excluidos y aprobados.

Base cuarta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Sevilla y Granada dictarán Resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades convocadas la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión; dicha Resolución se hará pública en el tablón de anuncios de dichas Delegaciones Territoriales, en el tablón de anuncios de la Dirección General de Movilidad y en Internet en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoyvivienda.html.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal Resolución en el tablón de anuncios, para subsanar el defecto observado.

Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Sevilla y Granada dictarán Resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en los tablones de anuncios y en la página web antes indicada.

Base quinta. Tribunal Calificador.

PROVINCIA DE GRANADA

Tribunal titular:

Presidente: Don José Luis Lopezosa Mora

Vocales: Don José Miguel Casasola Boyero

Don Francisco Barrales León

Don Miguel Nebot Gómez

Secretario: Don Guillermo Esteban García

Tribunal suplente:

Presidente: Don Jesús Bullejos Santisteban

Vocales: Doña Inmaculada Jiménez Palma

Doña Rosario Vázquez Romero

Doña María Victoria Fernández Madero

Secretario: Don Antonio Rosales Rodríguez

PROVINCIA DE SEVILLA

Tribunal titular:

Presidente: Don Venancio Yélamos Navarro.

Vocales: Doña María Mercedes Martín Sánchez.

Don José María Grandes del Río.

Doña Cristina Grande del Cerro.

Don Francisco Antonio Muñoz Japón.

Secretaria: Doña Luz María Romero García.

Tribunal suplente:

Presidente: Doña Pilar García Luque.

Vocales: Doña Ana Isabel Muñoz Murillo.

Doña Pilar Morales Pitel.

Don Francisco Javier Álvarez Solano.

Doña Antonia González Morilla.

Secretario: Don Antonio Delgado Espada.

Base sexta. Fecha y horarios de los ejercicios.

Fecha: Sábado, 22 de noviembre de 2014.

Horas de celebración:

De 9:00 h a 10:00 h Renovación de certificado.

De 10:30 h a 12:30 h Obtención de certificado.

Base séptima. Lugar de celebración de los ejercicios.

Granada: Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada

Calle Severo Ochoa, s/n, Campus Universitario de Fuente Nueva.

Sevilla: Facultad de Matemáticas de la Universidad de Sevilla.

Avda. Reina Mercedes, s/n. Sevilla.

Base octava. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos de documento oficial con fotografía en vigor acreditativo de su identidad (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de aquéllas. Se aconseja, asimismo, concurrir provistos de la copia de la solicitud de participación a la prueba y del justificante de abono de la tasa correspondiente.

Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes deberán ir provistos de bolígrafo.

Base novena. Listas de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales Calificadores harán públicas en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, la relación de aspirantes que hayan resultado aptos; simultáneamente, la Dirección General de Movilidad publicará dicha relación en la página web de la Consejería.

Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal Resolución en el tablón de anuncios y en la página web, para presentar las reclamaciones que estimen convenientes.

Una vez resueltas estas reclamaciones, los Tribunales elevarán la lista definitiva de aspirantes aptos a la Dirección General de Movilidad, quien dispondrá su publicación en la página web de la Consejería y procederá a la expedición de los certificados de capacitación profesional. Dicho listado se expondrá igualmente en el tablón de anuncios de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio correspondiente.

Contra la Resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de aptos se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Base décima. Expedición de los certificados de consejero de seguridad.

Tras la publicación de la lista definitiva de aspirantes declarados aptos en las pruebas, la Dirección General de Movilidad, previo abono de la tasa correspondiente por parte del interesado, cuyo importe para el año 2014 es de 20,05 euros, procederá a la expedición del correspondiente certificado de capacitación profesional, que deberá ser recogido en la propia Dirección General para aspirantes no residentes en Andalucía, y para aspirantes residentes será remitido para su recogida en la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de la provincia correspondiente al domicilio indicado por el interesado en su solicitud de participación en las pruebas.

Tercero. Impugnación de la convocatoria de las pruebas.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a los interesados interponer recurso de alzada ante la Consejera de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de septiembre de 2014.- El Director General, José Luis Ordóñez Fernández.

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