Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 22/09/2014

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 10 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría Primera de la Diputación Provincial de Granada, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Vicesecretaría Primera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Granada, por dicho Organismo se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 6 de junio de 2014, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con el artículo 7.2 d) del 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local:

R E S U E L V E

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Vicesecretaría Primera, con las características que a continuación se indican, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

a) Corporación: Excma. Diputación Provincial de Granada.

b) Denominación y clase del puesto: Vicesecretaría Primera.

c) Nivel de complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 1.668,81 euros/mes.

f) Requisitos para su desempeño: Pertenecer a la Subescala Secretaría, Categoría Superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:

- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

- Los funcionarios destituidos a que se refiere el art. 148,5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- Los funcionarios en situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el art. 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Los requisitos establecidos deberán reunirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Los interesados presentarán sus solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Granada en el Registro General de entrada de dicho Organismo o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días naturales siguientes a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el BOE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los datos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con indicación del número de Registro Personal, situación administrativa en que se encuentre el solicitante y puesto de trabajo, en su caso, que ocupase.

La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, otros estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas por Secretaría General o fedatario público legalmente habilitado al efecto.

A estos efectos los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

El Presidente procederá, en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la correspondiente resolución de conformidad con el art. 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

De la expresada resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para la anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 10 de septiembre de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.

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