Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 23/09/2014

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 17 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que en ejecución de la Sentencia núm. 2427/2012, de 30 de julio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, recaída en el recurso núm. 2317/2008, se ofertan vacantes a la persona que se cita, como aspirante seleccionada en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Administración General (A2.1100), correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2005, en cumplimiento del Auto de 2 de septiembre de 2014.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 7 de abril de 2005, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 79, de 25 de abril), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en Especialidades del Cuerpo de Gestión Administrativa de la Junta de Andalucía, entre ellas la de Administración General (A2.1100), correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2005, publicándose la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados mediante Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 209, de 23 de octubre).

Asimismo, mediante Orden de 12 de noviembre de 2007, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 236, de 30 de noviembre), se nombran funcionarios de carrera del citado Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Administración General (A2.1100).

Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada formulado frente a la lista definitiva de aprobados en las pruebas selectivas de referencia, fue interpuesto recurso contencioso-administrativo por doña Sonia Jiménez Caballero, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictando la Sentencia núm. 2427/2012, de 30 de julio, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Jesús Oliveras Crespo, en nombre y representación de doña Sonia Jiménez Caballero, y declaramos el derecho de la actora a que por la Comisión de Selección se compute el mérito consistente en valoración del trabajo desarrollado en los mismos términos autobaremados en su solicitud de participación (18,80 puntos). Sin expresa imposición de las costas procesales que se hubiesen causado.»

Mediante Providencia de 24 de abril de 2013, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sede de Granada, determina la firmeza de la citada Sentencia, con el fin de que se lleve a puro y debido efecto lo acordado en la parte dispositiva de la misma.

Tercero. En cumplimiento de la citada Sentencia, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de referencia, mediante Acta de fecha 13 de junio de 2013, acuerda modificar la puntuación de doña Sonia Jiménez Caballero, incrementando hasta los 40,30 puntos la valoración otorgada en la fase de concurso, lo cual determina, una vez sumados los 81,1404 puntos correspondientes a la fase de oposición, una puntuación total en el proceso selectivo de 121,4404.

Cuarto. Con fecha 2 de septiembre de 2014 se dicta Auto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en la ejecutoria núm. 231.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 2317/2008.

Dicho Auto acuerda, en su parte dispositiva, en el apartado 2.º, «Ordenar la continuación de la ejecutoria a fin de resolver la situación del ejecutante en base a la puntuación reconocida en sentencia, y con relación a la puntuación originaria que daba lugar a la superación del proceso de selección, todo ello con los efectos económicos y administrativos inherentes», y en el apartado 4.º, requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 30 de julio de 2012. Por su parte, en su Fundamento Jurídico Segundo, determina lo siguiente: (...) Considerando pues la imposibilidad de que existan diferentes notas de corte para los aspirantes de un mismo proceso de selección, así como que una única nota de corte se extendiese a los terceros de buena fe que superaron el proceso de selección en base a la primitiva nota de corte, no cabe sino concluir en la imposibilidad de proceder a una nueva nota de corte, debiendo por tanto procederse en su caso a la resolución del proceso de selección y en su caso al nombramiento como funcionario de los aspirantes seleccionados, sobre la base de la primitiva y originaria nota de corte fijada por la Administración.»

Teniendo en cuenta que en el proceso selectivo impugnado existe un procedimiento pendiente de sentencia judicial firme, que conllevará la elaboración de un listado definitivo de aprobados, dictado en ejecución conjunta de todas las sentencias, en este momento se desconoce el número de orden que finalmente obtendría la interesada en el proceso selectivo.

No obstante, en cumplimiento del Auto de 2 de septiembre de 2014, que acuerda requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 30 de julio de 2012, y a la vista del Acta de la Comisión de Selección del proceso selectivo de referencia de 13 de junio de 2013, se le ofertan a la interesada las plazas vacantes que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, y ello sin perjuicio de las conclusiones que la Administración deba extraer en orden a la revisión de oficio de la situación de los aspirantes a quien la nueva baremación pudiese alterar sus derechos a tener por superado el proceso de selección.

Quinto. De la documentación inscrita en el Registro General de Personal se constata que la interesada es funcionaria del Cuerpo C.1100 de la Junta de Andalucía. Al día de la fecha, y desde el 22 de febrero de 2008, la interesada se encuentra en situación de excedencia voluntaria por servicio en otra Administración Pública.

Sexto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,

RESUELVE

Primero. En cumplimiento del Auto de 2 de septiembre de 2014, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en la ejecutoria núm. 231.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 2317/2008, y a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos, se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 6 de octubre de 2014, a las 12,00 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla, todo ello en los términos establecidos en el antecedente cuarto de la presente Resolución.

Al acto deberá comparecer dicha aspirante, provista del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como de la documentación que a continuación se relaciona:

- Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Administración General o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la entonces Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

- Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y opción a que se aspira.

- Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Segundo. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparece, o no presenta la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de Convocatoria, no podrá ser nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo de Gestión Administrativa, especialidad Administración General (A2.1100), quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno, de oficio, por la Administración.

Sevilla, 17 de septiembre de 2014.- La Directora General, Isabel Mayo López.

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