Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 26/09/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de septiembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Uno de Madrid, dimanante de autos núm. 294/2013.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00055163.

NIG: 28.079.00.4-2013/0012357.

Procedimiento Despidos/Ceses en general 294/2013.

Materia: Despido.

Demandante: Don Juan Antonio Sánchez Esteban y otros 3.

Demandado: Cinematográfica Valencia, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Uno de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento 294/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Juan Antonio Sánchez Esteban, don Luis Herrera Escalona, doña Svetlana Chyzhovych y doña Wolodymyr Vantsevych frente a Cinematográfica Valencia, S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente sentencia cuyo fallo es:

FALLO

Que, estimando íntegramente las pretensiones de la parte actora en los términos modificados en el acto de juicio, y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pudiera derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites establecidos en el art. 33 del Estatuto de los Trabajadores, califico como improcedentes las extinciones contractuales objeto de este proceso y declaro extinguidos en la fecha de esta sentencia los contratos de trabajo que vinculaban a los demandantes con la empresa Cinematográfica Valencia, S.L., a la que condeno a abonarles las indemnizaciones siguientes:

Juan Antonio Sánchez Esteban: 63.800,00 €.

Luis Herrera Escalona: 46.878,65 €.

Wolodymyr Vantsevych: 17.336,13 €.

Svetlana Chyzhovych: 4.176,25 €.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que, contra la misma, cabe interponer recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante éste Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso efectuado en «Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida» de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria (0030), oficina (1143), dígito de control (50), número de cuenta (0000000000), beneficiario (Juzgado de lo Social núm. Uno de Madrid), concepto (2499-0000-34) y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal del Banesto, sita en calle Orense, núm. 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe; y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso, deberá presentar también resguardo del ingreso en «Recursos de Suplicación» de la cantidad de 300,00 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cinematográfica Valencia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario Judicial.

Descargar PDF