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Visto el expediente que ha sido tramitado por el Ayuntamiento de Alfarnate de «Deslinde de Vía Pecuaria Vereda de Alfarnatejo o Lagar de Olmedo» situada en el Sector UR-1 del PGOU del término municipal de Alfarnate, se procede a realizar el siguiente anuncio para constancia de la finalización de este expediente según lo previsto en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La citada Vía Pecuaria fue clasificada como tal con el número 29003003 y denominada «Vereda de Alfarnatejo o Lagar de Olmedo», en la Orden Ministerial de fecha 21 de marzo de 1964 y publicada en el BOE de 21.4.1964, con una anchura legal y propuesta de 20,89 metros.
Segundo. Mediante Acuerdo Plenario de fecha 24.10.2011, se acordó el inicio del expediente de deslinde.
Tercero. Los trabajos materiales, previamente anunciados, mediante los avisos y comunicaciones reglamentarias y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 215, de fecha 11 de noviembre de 2011, se iniciaron el día 12 de diciembre de 2011.
Cuarto. Redactada la propuesta definitiva de deslinde, ésta se somete a información pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia número 22 de fecha 2 de febrero de 2012.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De acuerdo con las competencias que tiene atribuidas el Ayuntamiento de Alfarnate por el art. 9, apartado 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, se ha procedido a aprobar de manera definitiva el deslinde realizado, teniendo en cuenta las siguientes características del expediente:
- Se ha realizado el deslinde de la Vía Pecuaria número 29003003, denominada «Vereda de Alfarnatejo o Lagar de Olmedo», a su paso por el Sector UR-1 y SG VV-2 del PGOU de Alfarnate, Paraje El Ejido de Alfarnate.
- La anchura deslindada es de 20,89 metros (20 metros), con una longitud deslindada de Vía Pecuaria de 218,18 metros y superficie total deslindada de 4.364,42 metros y superficie total intrusada de 1.463,20 metros.
- No se presentaron alegaciones al expediente de deslinde.
- Como linderos del tramo de Vía Pecuaria deslindada: A la Izquierda parcela 16 del polígono 6 con ref. catastral 29003A006000160000YM de Miguel Pérez García, y parcela 9008 del polígono 6 con ref. catastral 29003A006090080000YM del Ayuntamiento de Alfarnate. A la derecha parcela 3 del polígono 7 con ref. catastral 29003A00700003000000YJ de la Sociedad de Urbanismo y Gestión El Ejido, S.L., parcela 59 del polígono 7 con ref. catastral 29003A007000590000YK del Ayuntamiento de Alfarnate, parcela urbana del polígono 7, C/ Federico García Lorca del Ayuntamiento de Alfarnate, parcela urbana del polígono 7 con ref. catastral 8048901UF8984N0001II del Ayuntamiento de Alfarnate y parcela urbana del polígono 7, C/ Federico García Lorca del Ayuntamiento de Alfarnate. Al inicio con la calle Federico García Lorca y al final con el resto de la Vía Pecuaria «Vereda de Alfarnatejo o Lagar de Olmedo».
- Relación de coordenadas UTM.
NÚM. ESTACA | COORD. X | COORD. Y |
1D | 388089.270 | 4094914.850 |
2D | 388088.167 | 4094909.005 |
3D | 388087.588 | 4094902.493 |
4D | 388087.307 | 4094895.501 |
5D | 388087.759 | 4094878.218 |
6D | 388088.566 | 4094860.691 |
7D | 388089.226 | 4094852.840 |
8D | 388088.598 | 4094840.840 |
9D | 388085.662 | 4094816.542 |
10D | 388084.821 | 4094810.060 |
11D | 388084.469 | 4094802.859 |
12D | 388084.746 | 4094796.694 |
13D | 388085.286 | 4094789.911 |
14D | 388087.063 | 4094776.329 |
15D | 388091.327 | 4094750.696 |
16D | 388093.371 | 4094737.659 |
17D | 388095.612 | 4094722.952 |
18D | 388096.394 | 4094719.055 |
19D | 388098.165 | 4094712.482 |
20D | 388101.954 | 4094697.375 |
NÚM. ESTACA | COORD. X | COORD. Y |
1I | 388110.684 | 4094916.862 |
2I | 388109.237 | 4094912.806 |
3I | 388108.001 | 4094906.258 |
4I | 388107.318 | 4094895.373 |
5I | 388107.748 | 4094878.910 |
6I | 388108.527 | 4094861.989 |
7I | 388109.270 | 4094853.157 |
8I | 388108.535 | 4094839.116 |
9I | 388105.507 | 4094814.056 |
10I | 388104.758 | 4094808.282 |
11I | 388104.491 | 4094802.820 |
12I | 388104.710 | 4094797.937 |
13I | 388105.183 | 4094792.003 |
14I | 388106.849 | 4094779.268 |
15I | 388111.071 | 4094753.886 |
16I | 388113.136 | 4094740.714 |
17I | 388115.313 | 4094726.428 |
18I | 388115.875 | 4094723.630 |
19I | 388117.522 | 4094717.517 |
20I | 388121.354 | 4094702.241 |
Segundo. La aprobación definitiva del expediente de deslinde se hizo por acuerdo plenario de fecha 19.4.2012.
Por todo lo expuesto, se acuerda publicar el presente anuncio para constancia general de la terminación del expediente de deslinde de la mencionada Vía Pecuaria tramitado por el Ayuntamiento de Alfarnate.
Alfarnate, 14 de enero de 2014.- El Alcalde-Presidente, Salvador Urdiales Pérez.
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