Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 29/09/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Resolución de 23 de septiembre de 2014, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso núm. 338/2014 ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 30 de julio de 2014, en los Autos del Procedimiento ordinario núm. 338/2014 (Sección: M8), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Juan Alcaide Galán y otros, contra el Acuerdo adoptado con fecha 28 de mayo de 2014 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, por el que se desestima el recurso interpuesto por don Juan Alcaide Galán y doña Amelia Sánchez Moreno, contra Acuerdo de esta Comisión de 10 de febrero de 2014, y que fijó el justiprecio de los bienes expropiados en diecinueve mil doscientos treinta y cinco euros con ochenta y tres céntimos de euro (19.235,83 euros), en el procedimiento de fijación de justiprecio, tramitado en esta Comisión con el número 2013/006, figurando como Administración expropiante la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Córdoba y como sujeto expropiado don Juan Alcaide Galán y doña Amelia Sánchez Moreno.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en esta C.P.V. de Córdoba (Registro General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba) con fecha 22 de septiembre de 2014.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de don Juan Alcaide Galán y otros contra el Acuerdo adoptado con fecha 28 de mayo de 2014 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, por la que se desestima el recurso interpuesto por don Juan Alcaide Galán y doña Amelia Sánchez Moreno, contra Acuerdo de esta Comisión de 10 de febrero de 2014, y que fijó el justiprecio de los bienes expropiados en diecinueve mil doscientos treinta y cinco euros con ochenta y tres céntimos de euro (19.235,83 euros), en el procedimiento de fijación de justiprecio, tramitado en esta Comisión con el número 2013/006, figurando como Administración expropiante la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Córdoba, y como sujeto expropiado don Juan Alcaide Galán y doña Amelia Sánchez Moreno.

Segundo. Remitir a la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Córdoba, como interesado en el procedimiento, fotocopia del requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA, se emplaza a la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Córdoba y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 23 de septiembre de 2014.- El Presidente de la Comisión, Manuel Roldán Guzmán.

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