Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2014

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de «Ayudas para la Formación de Personal Investigador».

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El Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de enero de 2012 para el bienio  2012-2013, regula en el Programa de Incentivación de Doctorado, la Acción 16 por la que se financian Ayudas Predoctorales.

La formación del nuevo personal investigador es una labor que asegura la continuidad en el tiempo de los grupos y equipos de investigación. Con esta Acción, el Plan de Apoyo pretende apoyar la realización de tesis doctorales, particularmente aquellas de carácter internacional, en el seno de Grupos de Investigación.

El Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, de conformidad con los requisitos de participación de los Grupos de Investigación de la Universidad de Jaén, ha elaborado una propuesta aprobada por la Comisión de Investigación que figura como Anexo a la presente Resolución de convocatoria.

Estas Ayudas se instrumentan a través de contratos para la formación de doctores. La modalidad contractual a utilizar en el marco de estas ayudas será la de contrato predoctoral, formalizado entre la Universidad de Jaén y el personal investigador en formación, adecuándose a lo establecido en el artículo 21 y la disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

La retribución salarial bruta anual del personal investigador en formación que disfrute una ayuda al amparo de esta convocatoria, será equivalente a la fijada a la del personal investigador en formación de la convocatoria del año 2013, publicada en el BOJA de 14 de agosto de 2013, del Subprograma Estatal de Formación del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Las Ayudas obtenidas tendrán una duración de un año pudiendo renovarse hasta un máximo de cuatro años. En este periodo, la incorporación en el Grupo de Investigación será plena, realizando todas las funciones de un trabajo investigador.

Esta convocatoria de ayudas para la Formación de Personal Investigador está enmarcada en el ámbito de aplicación del Estatuto del Personal Investigador en Formación aprobado por R.D. 63/2006, de 27 de enero (BOE de 3 de febrero de 2006), e igualmente, en la Recomendación de la Comisión de las Comunidades Europeas relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la contratación de investigadores (EEE/2005/251/CE), que hace referencia a la formación de investigadores en el Espacio Europeo de Investigación, desde el inicio de la misma como estudiantes de posgrado. La implantación progresiva del nuevo marco de enseñanzas universitarias oficiales establece definitivamente el doctorado como tercer ciclo de los estudios europeos, diferenciado del máster. Además, se considera que en este tercer ciclo los participantes en programas de doctorado no son sólo estudiantes sino investigadores en formación. Con ello se enlaza en este momento del Proceso de Bolonia la formación doctoral, la carrera investigadora y la transmisión del conocimiento a la sociedad.

Además, se considera que en este tercer ciclo los participantes en programas de doctorado no son sólo estudiantes sino investigadores en formación. Con ello se enlaza en este momento del Proceso de Bolonia la formación doctoral, la carrera investigadora y la transmisión del conocimiento a la sociedad. A estos efectos, se hace necesario introducir en la presente convocatoria las normas reguladoras del marco de las enseñanzas universitarias de doctorado actualmente vigentes y adaptarlas al Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, que modifica y deroga parcialmente el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

La presente convocatoria se regirá por La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y por sus normas propias recogidas en el citado Plan de Apoyo a la Investigación, al Desarrollo Tecnológico y a la Innovación de la Universidad de Jaén (2012-2013), por el Presupuesto de la Universidad de Jaén en vigor, por la normativa laboral de aplicación y, en lo no establecido en la misma y con carácter supletorio, por el Reglamento de Colaboradores con Cargo a Créditos de Investigación de la Universidad de Jaén, aprobado por Consejo de Gobierno el 21 de diciembre de 2009, siempre que no sea incompatible con la normativa vigente, así como por las normas específicas que figuran contenidas en esta Resolución.

1. Objeto.

El objeto de la presente Resolución es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2013 de seis ayudas para la Formación de Personal Investigador, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, destinadas a titulados universitarios con la finalidad de realizar una tesis doctoral dentro de alguna de las líneas de investigación de los Grupos de Investigación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PAIDI) en la Universidad de Jaén recogidos en el Anexo I de la presente convocatoria.

2. Requisitos de los solicitantes.

2.1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que se encuentren en disposición de estar matriculado o admitido en un programa de doctorado regulado por el R.D. 99/2011, de 28 de enero, en el momento de la solicitud.

2.2. Con carácter general, los solicitantes deberán haber finalizado sus estudios, considerándose como fecha de finalización aquella en la que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que dan acceso a un programa de doctorado, en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2010.

No obstante lo anterior, los solicitantes podrán haber finalizado sus estudios en los periodos que se indican a continuación en los siguientes casos:

a) Entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2009, los que se encuentren en posesión del título oficial de la especialidad en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitar la ayuda estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).

b) Entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2009, los que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años en dicho período.

c) Entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, los que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento.

2.3. No podrán ser solicitantes quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera.

3. Director de tesis.

Podrá ser director de tesis cualquier doctor, que forme parte de un Grupo de Investigación de la Universidad de Jaén, incluido en el Anexo I, con vinculación permanente en la Universidad de Jaén y que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa de la Universidad de Jaén para actuar como director de Tesis Doctoral.

4. Cuantía, características y duración de las Ayudas para la Formación de Personal Investigador.

4.1. La ayuda anual para cada uno de los contratos, durante los cuatro años de vigencia, será de 20.600 euros, que será destinada a financiar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente. La retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores durante este periodo, y que figurará en el correspondiente contrato, será de 16.422 euros brutos anuales.

El pago de la retribución se efectuará a los beneficiarios por mensualidades en función del número de días que el Personal Investigador en Formación esté de alta, considerando en todos los casos meses de 30 días.

Las Ayudas de esta convocatoria se financiarán de acuerdo con lo establecido en el Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2012-2013) con cargo al Presupuesto de la Universidad de Jaén del año 2013.

4.2. Los beneficiarios de las ayudas formalizarán un contrato predoctoral de duración determinada con la Universidad de Jaén, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, con dedicación a tiempo completo, que tendrá por objeto las tareas de investigación encaminadas a la obtención de la tesis doctoral. La duración será de un año, prorrogable por periodos anuales de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión académica del programa sobre el documento de actividades del doctorando, su plan de investigación y el estado de desarrollo de la tesis doctoral, hasta un máximo de 4 años, con las siguientes excepciones:

4.2.1. Que el beneficiario sea una persona con discapacidad, en cuyo caso el contrato podrá tener una duración máxima de 6 años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado de limitaciones en la actividad.

4.2.2. La minoración que pudiera corresponderle por periodos de disfrute anteriores de contratos predoctorales o ayudas con la misma finalidad que el beneficiario hubiera disfrutado al amparo del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación que serán descontados del cómputo total de la ayuda. Las ayudas no podrán tener una duración inferior a un año, salvo incumplimiento de las obligaciones por el beneficiario.

4.3. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato. Las interrupciones en ningún caso conllevan un incremento de la ayuda concedida inicialmente.

4.4. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la misma. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

4.5. La concesión y disfrute de una Ayuda para la Formación de Personal Investigador no implica ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del beneficiario a la plantilla de la Universidad de Jaén.

4.6. La renuncia a las Ayudas deberá presentarse ante el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación. En los supuestos de renuncia, la vacante podrá ser cubierta con el suplente siguiente en puntuación que cumpla los requisitos, siempre que éste no corresponda a un Grupo de Investigación que disfrute de una ayuda de esta Acción con cargo a los presupuestos de la Universidad de Jaén, en cuyo caso la lista correrá al candidato siguiente. Las ayudas que se concedan, como consecuencia de las renuncias, tendrán, con carácter general, una duración máxima de cuatro años. El período máximo para la cobertura de vacantes es el comprendido dentro de los seis primeros meses contados desde el comienzo de los efectos de las Ayudas.

4.7. Quienes accedan a la condición de beneficiarios como consecuencia de las renuncias previstas en el apartado anterior, disfrutarán igualmente de un periodo máximo de cuatro años de ayuda, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, desde la fecha de su incorporación, con independencia de los meses que hubiesen disfrutado el anterior o anteriores beneficiarios.

5. Régimen de compatibilidades.

5.1. Los contratos financiados al amparo de esta convocatoria serán incompatibles con cualquier otra beca o contrato y con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello perjudique la finalidad investigadora y formativa de la ayuda y/o se produzca en el mismo horario, así como la percepción de otras ayudas que tengan finalidad análoga.

5.2. No obstante, el personal investigador en formación podrá percibir complemento no salariales por la participación en proyectos y contratos de I+D que tengan carácter esporádico y no habitual.

5.3. Los beneficiarios deberán comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como tenga conocimiento de ello y, cuando proceda, con anterioridad a la percepción de las mismas, lo que podrá originar las correspondientes minoraciones en el importe de la ayuda concedida.

6. Cambio de director de tesis o de Grupo de Investigación.

El personal investigador en formación deberá realizar su labor en el Grupo de Investigación en el que se encuentre incorporado, siendo necesario para cualquier cambio de director de tesis obtener autorización expresa del Vicerrectorado de I+D+I, así como la aceptación del cambio por el nuevo director que ha de pertenecer al mismo Grupo de Investigación.

En el supuesto de que el Director de la Tesis cambiara de Grupo de Investigación, el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación resolverá la adscripción del beneficiario previo informe emitido por la Comisión de Investigación.

7. Incorporación del Personal Investigador en Formación.

7.1. El personal investigador en formación deberá incorporarse en el primer día hábil del mes siguiente al de la publicación de la Resolución de concesión de las ayudas de esta convocatoria, y presentar los documentos correspondientes a la incorporación, cuyos modelos se encontrarán disponibles en el Servicio de Gestión de la Investigación, Negociado de Recursos Humanos. Se entenderá la no incorporación en esta fecha como renuncia a la ayuda.

7.2. En casos excepcionales y debidamente justificados, previa solicitud al Vicerrectorado de I+D+I, se podrá aplazar la fecha de incorporación. También dará lugar a la incorporación de candidatos de reserva, el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de los candidatos seleccionados durante el periodo de presentación de documentación para la formalización del contrato. La incorporación de candidatos de reserva lo será siempre respetando el orden de prelación de los mismos y cumpliendo los requisitos de asignación a Grupos de Investigación.

8. Derechos del Personal Investigador en Formación.

a) Obtener el apoyo y la colaboración necesaria para el desarrollo normal de sus estudios y programas de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de la Universidad de Jaén.

b) Percibir la ayuda económica de la forma establecida y el alta en la Seguridad Social de conformidad con la legislación vigente.

c) Los restantes derechos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación.

e) Realizar estancias temporales en centros de investigación nacionales o extranjeros y/o en empresas con objeto de completar su Formación Investigadora a requerimiento motivado del investigador o investigadores responsables de la formación del beneficiario. Con este fin, se solicitarán los correspondientes permisos con carácter previo a la realización de la actividad.

f) Vacaciones anuales, permisos y licencias equivalentes al personal investigador y en las mismas condiciones.

g) Los derechos establecidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en lo relativo a los contratos predoctorales y en el Estatuto del Personal Investigador en Formación y demás normas que les puedan ser de aplicación.

9. Renovación del contrato predoctoral.

La renovación del contrato predoctoral estará condicionada al informe de evaluación favorable de la comisión académica del programa de doctorado. La Memoria para la renovación deberá contener:

- Un informe del director de la tesis doctoral, en el que indicará los progresos en la formación investigadora durante el disfrute de la ayuda. que incluirá una estimación del tiempo necesario para su finalización y su visto bueno para la continuación del programa de formación.

- Acreditación de los resultados académicos obtenidos hasta ese momento.

- Descripción de las actividades realizadas, especificando aquellas realizadas al margen del programa de doctorado.

10. Obligaciones del Personal Investigador en Formación.

La aceptación de la Ayuda del Personal Investigador en Formación implica la de las normas fijadas en esta convocatoria.

10.1. A este respecto y en cuanto a los derechos de la Propiedad Industrial así como los derechos de carácter patrimonial que integran la Propiedad Intelectual que puedan generarse durante todo el período como beneficiario de la Ayuda, se entenderá que es de aplicación el artículo 15 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, y la normativa de la Universidad de Jaén sobre la participación en los beneficios derivados de los mencionados derechos. Dichos extremos serán recogidos en un documento de confidencialidad y derechos de propiedad de los resultados de la investigación que deberán formalizar los beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria al comienzo de su actividad.

a) Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación la obtención del grado de doctor, en el plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha de su obtención.

b) Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación las renuncias, interrupciones y demás incidencias que puedan surgir durante el periodo de formación, en el plazo máximo de 10 días naturales desde que se produzcan.

c) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Grupo en que se lleve a cabo la investigación. Realizar su labor en el Grupo de Investigación de aplicación del Programa de Formación Investigadora, siendo necesario para cualquier cambio de director o directora solicitar autorización previa a la Vicerrectora de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

d) Podrán colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas anuales en tareas docentes de un Departamento, previo acuerdo entre el Director de la Ayuda y el Departamento implicado, y sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de las ayudas. La docencia impartida le será reconocida por la correspondiente certificación.

e) Comunicar la suspensión temporal por enfermedad justificada o maternidad desde el momento en que se produzca al investigador o investigadores responsables y remitir el parte de baja médico al Servicio de Personal y Organización Docente.

f) Comunicar anualmente el informe favorable de la escuela de doctorado a la continuidad en el programa de doctorado basado en la evaluación positiva realizada por la comisión académica del programa sobre el documento de actividades del doctorando, su plan de investigación y el estado de desarrollo de la tesis doctoral. Este informe será determinante para mantener la continuidad del contrato.

g) Presentar, junto con el informe de seguimiento, la acreditación de la matrícula de doctorado.

h) Someterse a las actuaciones de comprobación que quiera efectuar la Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén.

11. Solicitudes y documentación.

11.1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 24 de enero de 2014.

11.2. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, recogido en el Anexo II de esta Resolución, que estará a disposición de los interesados en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, dentro del apartado del Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación. Acción 16 (http://vicinv.ujaen.es/planapoyo). Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

11.3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea, o del pasaporte del solicitante en caso de naturales de otros países.

b) Copia compulsada del Certificado Académico en el que deberá constar la fecha en la que se han finalizado los estudios y que las materias relacionadas constituyen el programa completo de la titulación correspondiente, así como las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas, y copia compulsada del título académico o, en su caso, copia compulsada del resguardo de haberlo solicitado.

c) En el caso de que en la fecha de presentación de la solicitud, el solicitante aún no cumpla los requisitos para ser admitido a un programa de doctorado, el certificado académico corresponderá a las enseñanzas superadas en el momento de la solicitud. En el certificado aparecerán las calificaciones obtenidas y fecha de obtención de las mismas correspondientes a las enseñanzas indicadas. Se incluirá declaración responsable de que las enseñanzas referidas en el certificado académico son aquellas que le permiten el acceso al programa de doctorado o, en su caso, las superadas al momento de la solicitud.

d) Cuando se trate de certificados expedidos por centros extranjeros se hará constar además cuales son las calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar. Igualmente, los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero y posean certificación académica extendida en un idioma distinto al español o inglés, deberán acompañarla de la correspondiente traducción oficial a uno de estos dos idiomas.

e) En su caso, título de Máster o resguardo de haberlo solicitado, y fotocopia compulsada de la certificación académica oficial.

f) Memoria del Programa de Formación Investigadora que se pretende realizar durante el disfrute de la Ayuda con un informe del Director la misma (Anexo III y Anexo IV).

g) Visto Bueno del Director o Directora del Departamento en que se vaya a incorporar el solicitante (Anexo V).

h) Los solicitantes que se acojan a lo regulado en el apartado 2.2 de la presente convocatoria deberán indicarlo en la solicitud y presentar la documentación acreditativa que alega.

12. Comunicaciones entre la Universidad y los interesados.

En virtud de lo previsto en el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la notificación a los interesados de los trámites de subsanación, listas de admitidos y excluidos propuesta de resolución provisional, propuesta de resolución definitiva y resolución definitiva de concesión de las ayudas se realizarán mediante publicación en la sede electrónica del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

La Universidad de Jaén podrá requerir al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución que se dicte a este respecto se notificará al interesado mediante el sistema previsto en el párrafo anterior.

Con independencia de lo anterior, el Servicio de Gestión de la Investigación de la Universidad de Jaén instructor del procedimiento podrá remitir a los interesados un aviso de cortesía de la publicación realizada a la dirección de correo electrónico que figure en la solicitud de ayuda.

13. Evaluación de las solicitudes.

El Vicerrectorado de I+D+I de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes considerando el expediente académico del solicitante normalizado del mismo modo en que se realiza en la convocatoria de las becas FPU (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte), así como la puntuación del Grupo de Investigación por el que se solicita la Ayuda. El expediente académico normalizado tendrá un peso del 75%; mientras que la puntuación obtenida por el Grupo de Investigación será la correspondiente a la última otorgada por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y que tendrá un peso del 25%. Con tal fin, el expediente académico del solicitante se normalizará sobre un máximo de tres puntos, en tanto que la puntuación del Grupo se normalizará sobre un máximo de un punto.

14. Resolución.

14.1. Se efectuará por el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, previo informe a la Comisión de Investigación.

14.2. La Resolución comprenderá un Anexo en el que se reflejarán los candidatos por orden de puntuación obtenida. Los seis candidatos con mayor puntuación serán los beneficiarios de las Ayudas correspondientes a esta convocatoria y el resto conformará una bolsa para cubrir las posibles vacantes, de acuerdo con lo estipulado en el apartado 4.6 de esta Resolución.

14.3. Contra la Resolución del procedimiento de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, si la Resolución fuera expresa, o de tres meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sin perjuicio de lo anterior, contra la misma Resolución del procedimiento cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Jaén, 19 de diciembre de 2013.- El Rector, Manuel Parras Rosa.

ANEXO I

GRUPOS DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO DEL GRUPO PAIDI RESPONSABLE DENOMINACIÓN DEL G
RUPO DE INVESTIGACIÓN
PLAN ANDALUZ DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN (PAIDI)
BIO184 M.ª ÁNGELES PEINADO HERREROS ESTRÉS CELULAR Y EDAD
BIO220 TERESA PALOMEQUE MESSIA GENÉTICA MOLECULAR HUMANA Y ANIMAL
BIO221 ISABEL PRIETO GÓMEZ NEUROENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN
BIO294 FRANCISCO JOSÉ MÁRQUEZ JIMÉNEZ INMUNOGENÉTICA
BIO296 JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ MARTOS FISIOLOGÍA Y PATOLOGÍA EXPERIMENTAL Y CLÍNICA
CTS105 GERARDO ÁLVAREZ DE CIENFUEGOS LÓPEZ MICROBIOLOGÍA E INMUNOLOGÍA
CTS435 MIGUEL DELGADO RODRÍGUEZ EPIDEMIOLOGÍA, MEDICINA PREVENTIVA Y CIRUGÍA
CTS446 AMELIA EVA ARÁNEGA JIMÉNEZ BIOLOGÍA MOLECULAR Y FISIOPATOLOGÍAS CARDÍACAS
CTS464 PEDRO LUIS PANCORBO HIDALGO ENFERMERÍA
FQM152 JOSÉ HORNO MONTIJANO SIMULACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE SISTEMAS MATERIALES
FQM245 JUAN CARLOS RUIZ MOLINA ESTADÍSTICA TEÓRICA Y APLICADA E INVESTIGACIÓN OPERATIVA
FQM273 MARÍA DOLORES GUTIÉRREZ VALERO COMPLEJOS METÁLICOS MOLECULARES Y SOPORTADOS DE INTERÉS BIOLÓGICO O TECNOLÓGICO
FQM322 PEDRO LUIS LUQUE ESCAMILLA FUENTES DE ALTA ENERGÍA EN LA GALAXIA
FQM332 MANUEL QUESADA PÉREZ FÍSICA Y QUÍMICA DE LINARES
FQM363 MARÍA DEL PILAR ORTEGA BARRALES INNOVACIONES EN ANÁLISIS QUÍMICO
HUM155 JOSÉ MIGUEL DELGADO BARRADO INVESTIGACIÓN EN EL ARCHIVO DE LA CATEDRAL DE JAÉN
HUM271 CARMELO MEDINA CASADO APROX. MULTIDISCIPLINAR AL INGLÉS
HUM338 GUSTAVO ADOLFO REYES DEL PASO PSICOFISIOLOGÍA CLÍNICA
HUM458 CARMEN EISMAN LASAGA ANTROPOLOGÍA E HISTORIA DE LA CULTURA
HUM642 JUAN MANUEL ROSAS SANTOS PSICOLOGÍA COMPARADA: APRENDIZAJE, ATENCIÓN Y MEMORIA
HUM679 ANTONIO BUENO GONZÁLEZ ESTUDIOS DE LINGÜÍSTICA APLICADA A LA ENSEÑANZA
DEL INGLÉS
HUM793 ANTONIO ESTEPA CASTRO GIDIMAJA
HUM834 ELENA FELÍU ARQUIOLA ANÁLISIS LINGÜÍSTICO: TEORÍA Y APLICACIONES
HUM854 MERCEDES ROLDÁN VENDRELL TÉRMINOS: TERMINOLOGÍA, DOCUMENTACIÓN Y COMUNICACIÓN CIENTÍFICA
RNM175 JOAQUÍN MUÑOZ-COBO ROSALES BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RNM182 REYES PEÑA SANTIAGO GRUPO ANDALUZ DE NEMATOLOGÍA
RNM200 PEDRO ALEJANDRO RUIZ ORTIZ ANÁLISIS DE CUENCAS Y GEOLOGÍA AMBIENTAL
RNM282 ANTONIO JOSÉ GIL CRUZ MICROGEODESIA JAÉN
RNM296
JOSÉ ANTONIO CARREIRA
DE LA FUENTE
ECOLOGÍA FORESTAL Y DINÁMICA DEL PAISAJE
RNM325 JUAN JIMÉNEZ MILLÁN PROCESOS Y RECURSOS GEOLÓGICOS
RNM354 PEDRO JOSÉ REY ZAMORA ECOLOGÍA, EVOLUCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA VEGETACIÓN MEDITERRÁNEA
RNM366 MARÍA VICTORIA LÓPEZ RAMÓN MATERIALES DE CARBÓN Y MEDIO AMBIENTE
RNM374 FRANCISCO JAVIER REY ARRANS CIENCIAS DE LA TIERRA E INGENIERÍA GEOLÓGICA
SEJ142 ANTONIO MARTÍN MESA ECONOMÍA APLICADA-JAÉN
SEJ173 GERARDO RUIZ-RICO RUIZ DERECHOS FUNDAMENTALES, ANDALUCIA Y C.E.E.
SEJ232 MARÍA JESÚS HERNÁNDEZ ORTIZ DIRECCIÓN Y ORGANIZACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD
SEJ365 CRISTÓBAL MOLINA NAVARRETE POLÍTICAS TERRITORIALES DE EMPLEO, MERCADO DE TRABAJO
Y DERECHO A LA INSERCIÓN
SEJ428 IGNACIO FRANCISCO BENÍTEZ ORTUZAR DERECHO PENAL, CRIMINOLOGÍA, DEMOCRACIA Y DERECHOS FUNDAMENTALES
SEJ475 ANTONIO PARTAL UREÑA GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN MERCADOS Y RIESGOS FINANCIEROS
TEP101 JORGE AGUILERA TEJERO INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN ENERGÍA SOLAR
TEP138 SEBASTIÁN SÁNCHEZ VILLASCLARAS BIOPROCESOS
TEP152 FRANCISCO JURADO MELGUIZO INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA ELÉCTRICA
TEP164 FRANCISCO JAVIER ARIZA LÓPEZ INGENIERÍA CARTOGRÁFICA
TEP180 JOSÉ IGNACIO ROJAS SOLA INGENIERÍA GRÁFICA Y ARQUEOLOGÍA INDUSTRIAL
TEP213 JORGE DELGADO GARCÍA SISTEMAS FOTOGRAMÉTRICOS Y TOPOMÉTRICOS
TEP220 JOAQUÍN TÓVAR PESCADOR MODELIZACIÓN DE LA ATMÓSFERA Y RADIACIÓN SOLAR
TEP222 FRANCISCO ANTONIO CORPAS IGLESIAS INGENIERÍA DE MATERIALES Y MINERA
TEP235 JESÚS CARLOS MARTÍNEZ BAZÁN GRUPO DE MECÁNICA DE FLUIDOS DE JAÉN
TEP237 JUAN GÓMEZ ORTEGA GRUPO DE ROBÓTICA, AUTOMÁTICA Y VISIÓN POR COMPUTADOR (GRAV)
TEP250 FERNANDO A. CRUZ PERAGÓN INGENIERÍA MECÁNICA Y ENERGÉTICA
TIC144 RAFAEL JESÚS SEGURA SÁNCHEZ INFORMÁTICA GRÁFICA Y GEOMÁTICA
TIC188 NICOLÁS RUIZ REYES
TRATAMIENTO DE SEÑALES EN SISTEMAS
DE TELECOMUNICACIÓN
TIC206 LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ SISTEMAS INTELIGENTES BASADOS EN ANÁLISIS DE DECISIÓN DIFUSO
TIC207 MARÍA JOSÉ DEL JESÚS DÍAZ SISTEMAS INTELIGENTES Y MINERÍA DE DATOS
TIC209 L. ALFONSO UREÑA LÓPEZ SISTEMAS INTELIGENTES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

ANEXO II

AYUDAS PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN. Acción 16

PLAN DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. Bienio 2009-2010 (prorrogado)

SOLICITUD

I. DATOS DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN

Denominación del Grupo
Código PAIDI
Investigador o Investigadora Principal

II. DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre Apellidos
NIF Domicilio
C.P. Localidad Provincia
Móvil e-mail
Titulación Académica

Fecha de finalización de estudios
(última convocatoria de examen):
(1)
La nota media es la que figure en la certificación académica oficial de acuerdo con el siguiente baremo: Aprobado= 1, Notable= 2, Sobresaliente= 3, Matrícula de Honor= 4(2) Número de asignaturas superadas con esa calificación

Nota Media(1)MH(2)SB(2)NB(2)AP(2)Título de la Memoria del Programa 
de Formación InvestigadoraDtor. de la Ayuda

III. ESTUDIOS DE DOCTORADO

Denominación de los estudios
Doctorado Máster
(1) Indicar el período en el que se encuentran los estudios de Doctorado: Período de docencia/formación, período de investigación o tutela de académica

Período de Estudios(1)

IV. DATOS DE BECAS, CONTRATOS U OTRAS AYUDAS DE INVESTIGACIÓN DISFRUTADAS ANTERIORMENTE POR EL SOLICITANTE

Entidad Convocante
Programa
Fecha de Publicación de la Convocatoria Diario Oficial
Período disfrutado

V. DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD

Fotocopia compulsada del documento que acredite la identidad del solicitante (NIF, NIE…)
Fotocopia compulsada del título Universitario o resguardo de haberlo solicitado
Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Oficial
Memoria del Programa de Formación Investigadora (Anexo III)
Informe del Director de la Ayuda (Anexo IV)
V.º B.º del Director del Departamento (Anexo V)
En el caso de haber disfrutado becas o contratos anteriores de carácter equivalente a las Ayudas de esta convocatoria, fotocopia de la convocatoria de las mismas y certificado que acredite el período disfrutado
En su caso, fotocopia compulsada de la traducción de la certificación académica personal
En su caso, fotocopia compulsada del título de Máster o resguardo de haberlo solicitado, y certificación académica oficial, en fotocopia compulsada
En su caso, fotocopia compulsada del documento acreditativo de estar al cuidado de hijos menores de 6 años, junto con la fotocopia compulsada del Libro de Familia
Fecha y firma del solicitante

ANEXO III

MEMORIA DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN INVESTIGADORA

Apellidos y nombre: ...............................................................................................................................................

NIF: ......................................................................................

(Máximo 1.000 palabras)

..................................................................................................................................................................................

Firma del solicitante En Jaén, a de de 201_

ANEXO IV

INFORME DEL DIRECTOR DE LA AYUDA

Apellidos y nombre: ...............................................................................................................................................

Denominación del Grupo: ......................................................................................................................................

Código PAIDI: ..........................................................................................................................................................

En Jaén, a de de 201_

V.ºB.º

Director de la Ayuda Investigador Principal del Grupo de Investigación

ANEXO V

VISTO BUENO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO

Apellidos y nombre: ...............................................................................................................................................

Director/a del Departamento de ...........................................................................................................................

Da su Visto Bueno a la incorporación a este Departamento, en caso de adjudicación de la Ayuda para la Formación de Personal Investigador, del aspirante don/doña ..............................................., a fin de que pueda llevar a cabo el trabajo de investigación para el que solicita dicha ayuda.

En Jaén, a de de 201_

Fdo.:

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