Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 14/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 1 de octubre de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Soportújar (Granada).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Soportújar (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 23 de septiembre de 2014, el Pleno del Ayuntamiento acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo y bandera municipal, cuyas descripciones son las siguientes:

Escudo:

- Escudo siniestrado. En el cuartel del centro, en campo de azur, una bruja sobre una escoba de sable. En el flanco siniestro, tres cuarteles. En el del jefe en campo de plata, un león de sable, lampasado de gules, en el del centro, en campo de oro, tres fajas de gules. En la punta, en campo de plata, seis roeles de sable. Bordura de gules cargada con cuatro castillos de oro, aclarados de azur que consta de tres torres y cuatro granadas al natural entreabiertas de gules y foliadas, afrontados. Al timbre la corona real cerrada.

Banadera:

- Paño o bandera rectangular, de proporciones 2/3 (del asta al batiente), terciado en vertical por tres franjas de igual anchura. La del asta carmesí, la central blanca, la del batiente negra. Al centro, sobrepuesto el escudo municipal.

Mediante escrito de fecha 24 de septiembre de 2014 se solicita por dicha Entidad Local la inscripción del indicado escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, y artículo 8 del Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del municipio de Soportújar (Granada), con la descripción que se indica y con la imagen gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Modificar la correspondiente inscripción registral del municipio de Soportújar (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dicho escudo y bandera municipal.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sevilla, 1 de octubre de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.

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