Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 16/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 29 de agosto de 2014, por la que se modifica la autorización del centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, The British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Raquel Díaz Ramos, como representante de la entidad Colegio Británico de Sevilla, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, The British School of Seville», con código 41018513, y domicilio en Urbanización La Juliana, parcela 40, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), solicitando redistribución de los puestos escolares, cambio de denominación específica y prórroga de la autorización temporal de los cursos desde year 7 (11-12 años de edad) hasta year 11 (15-16 años de edad) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que por Orden de la entonces Consejería de Educación, de 24 de abril de 2012, el citado centro tiene autorización plena para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero desde el curso nursery (2-3 años) hasta year 6 (10-11 años) y autorización temporal desde el curso year 7 (11-12 años) hasta year 10 (14-15 años) para un total de 365 puestos escolares.

Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable del British Council en España, que ha realizado una nueva inspección del centro con fecha 6 de febrero de 2013.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la redistribución de los puestos escolares, el cambio de denominación específica y la prórroga de su autorización temporal, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, al centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, The British School of Seville», código 41018513, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero, que pasará a denominarse «CBS, The British School of Seville», y que, como consecuencia de ello, quedará con la configuración siguiente:

Enseñanzas a impartir del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero:

Con autorización plena:

De Nursery (2-4 años) a Year 6 (10-11 años) para 290 puestos escolares.

Con autorización temporal:

De Year 7 (11-12 años) a Year 11 (15-16 años) para 75 puestos ecolares.

Segundo. La autorización temporal a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden tendrá validez hasta el 30 de junio de 2015, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Tercero. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de agosto de 2014

Luciano Alonso Alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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