Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 24/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de julio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Algeciras (antiguo Mixto núm. Seis), dimanante de procedimiento ordinario núm. 887/2010. (PP. 2651/2014).

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NIG: 1100442C20100003906.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 887/2010. Negociado: JE.

De: Baxi Calefacción, S.L.U.

Procuradora: Sra. Estrella Vargas Rivas.

Contra: CSA Climatización Gas y Fontanería, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 887/2010 seguido a instancia de Baxi Calefacción, S.L.U., frente a CSA Climatización Gas y Fontanería, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nÚm. /12

En Algeciras, a tres de julio de dos mil doce.

Autos de Juicio Ordinario número 887/10.

Vistos por don Javier Roa Aljama, Magistrado-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cuatro de Algeciras, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos ante este Juzgado a instancia de Baxi Calefacción, S.L.U., representada por la Procuradora doña Estrella Vargas Rivas y con las asistencia letrada de don Diego Sánchez Cuadrado, contra CSA Climatización, Gas y Fontanería, S.L., en rebeldía procesal, resultan los siguientes,

FALLO

Que debo acordar y acuerdo estimar íntegramente la demanda formulada por Procuradora doña Estrella Vargas Rivas, en la representación que ostenta y condeno a CSA Climatización, Gas y Fontanería, S.L., a abonar a Baxi Calefacción, S.L.U. la suma de 28.895,15 euros, más los intereses de demora previstos en la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones mercantiles.

Condeno expresamente a la demandada al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Inclúyase la presente en el Libro de Sentencias y llévese testimonio a los autos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días, que se interpondrá ante este Juzgado, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial.

Para la admisión a trámite del recurso será necesaria la constitución de depósito que deberá consignarse en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de depósito, lo que deberá ser acreditado (L.O. 1/09).

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, CSA Climatización Gas y Fontanería, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Algeciras, a 11 de julio de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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