Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 28/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de octubre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 480/2013.

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Procedimiento: Procedimiento impugnación sanciones arts. 114 y ss. 480/2013. Negociado: 3I.

NIG: 4109144S20130005146.

De: Don Eduardo Muñoz Gómez y don Hugo Benítez Ramos.

Contra: Albatros Promotora Empresarial, S.A.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 480/2013, a instancia de la parte actora don Eduardo Muñoz Gómez y don Hugo Benítez Ramos contra Albatros Promotora Empresarial, S.A.,  sobre Procedimiento impugnación sanciones art. 114 y ss. se ha dictado Decreto de fecha 2.7.2014 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a dos de julio de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 3.5.2013 tuvo entrada en este Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla demanda presentada por Eduardo Muñoz Gómez y Hugo Benítez Ramos frente a Albatros Promotora Empresarial, S.A., siendo citadas las partes para el acto de conciliación/juicio el día 1.7.2014.

Segundo. Que llegado el día y hora señalados para los actos de conciliación y juicio y llamado por tres veces y siendo las 10,30 horas no ha comparecido el demandante estando citado en legal forma y sin que hubiere alegado circunstancias que le impidieran acudir al acto de juicio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Si el actor, citado en legal forma, no comparece ni alega justa causa que motive la (art. 83.2 LRJS).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

- Tener por desistido a Eduardo Muñoz Gómez y Hugo Benítez Ramos de su demanda frente a Albatros Promotora Empresarial, S.A.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandante Hugo Benítez Ramos actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a quince de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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